Fiesta en Olivos: el fiscal respaldó la constitucionalidad de los decretos del Presidente por la pandemia

Ramiro González negó un pedido de Stefanía Domínguez, una de las asistentes al cumpleaños de Fabiola Yañez, para ser sobreseída.

Fiesta en Olivos: el fiscal respaldó la constitucionalidad de los decretos del Presidente por la pandemia
30 Agosto 2021

El fiscal federal Ramiro González respaldó la constitucionalidad de los decretos de necesidad y urgencia firmados por el presidente Alberto Fernández para restringir la circulación a mediados del año pasado en el inicio de la pandemia de coronavirus y rechazó un pedido de Stefanía Domínguez, una de las participantes en el cumpleaños de la primera dama Fabiola Yañez que había impugnado esas normas y pedido su sobreseimiento en la causa.

El fiscal González rechazó ambos pedidos de Domínguez, realizados por su abogado Mauricio D’Alessandro y ahora el juez federal Sebastián Casanello debe decidir sobre el asunto.

"Los decretos cuestionados cumplen con todos los recaudos previstos en el art. 99, inciso 3, de la Constitución Nacional. En particular, se verifica una situación de necesidad y urgencia", sostuvo el fiscal luego de señalar que "el Poder Ejecutivo Nacional se encontraba facultado para dictar estos decretos frente a la necesidad de salvaguardar la salud pública".

La defensa de Domínguez sostenía que no podía ser imputada de violar las medidas sanitarias porque los decretos que dispusieron el aislamiento no eran elemento suficiente para limitar el derecho de reunión de las personas.

En esta causa se investiga si se cometió algún delito en el marco de la celebración del cumpleaños de la primera dama llevada a cabo el 14 de julio de 2020, en la Residencia Presidencial de Olivos, con la participación del presidente Alberto Fernandez, quien días atrás se presentó en el expediente y solicitó ser sobreseído.

En la misma presentación, Fernández propuso donar el equivalente a la mitad de su salario al Instituto Nacional de Enfermedades Infecciosas ANLIS "Carlos G. Malbrán", durante cuatro meses en forma consecutiva como forma de reparar el daño eventual que pudiera haberse ocasionado.

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