Alberto Fernández promulgó ley de "alivio fiscal" para entidades sin fines de lucro

La medida alcanza grupos de bomberos voluntarios, clubes de barrio, fundaciones y otras organizaciones.

ALBERTO FERNÁNDEZ ALBERTO FERNÁNDEZ
11 Noviembre 2021

El presidente, Alberto Fernández, dispuso la promulgación de la ley 27.653, que establece medidas de alivio fiscal para entidades sin fines de lucro, en el marco de la crisis profundizada por la pandemia de covid-19.

La normativa quedó vigente a través del decreto 777/2021 publicado hoy en el Boletín Oficial. Además, lleva las firmas del jefe de Gabinete, Juan Manzur, y del ministro de Economía, Martín Guzmán.

A fines de octubre, la Cámara de Senadores había sancionado la ley que tenía por objetivo llevar algo de alivio ante las deudas tributarias que tienen entidades sin fines de lucro, como bomberos voluntarios, clubes de barrio, fundaciones, organizaciones comunitarias y micro empresas (mipymes).

La legislación comprende a deudas vencidas hasta agosto pasado por un monto total inferior a $ 100.000.

La normativa fija que se condonen las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social menores a $ 100.000 para las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV), previsto por la ley 25.054, y toda otra entidad sin fines de lucro, incluidas organizaciones comunitarias inscriptas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal.

También señala que la condonación alcanza al capital adeudado, intereses resarcitorios y punitorios, multas y demás sanciones, y no comprende los aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales ni las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

En este caso se proponen planes de pago que tendrán un plazo de hasta 36, 60 y 120 cuotas, según el tipo de deuda o contribuyente.

Además, se amplía la moratoria para la salida del anterior plan de facilidades, tomando en cuenta la deuda vencida hasta el 31 de julio de 2020, al tiempo que se incluyen las deudas desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021.

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