Elecciones en la UNT: distinta suerte para dos impugnaciones

La Junta rechazó un pedido en Artes e hizo lugar a otro en “Filo”.

Hasta el lunes a las 18 permanecerá abierto el período de impugnación en la Junta Electoral de la Universidad Nacional de Tucumán (UNT), con miras a las elecciones que se desarrollarán el mes próximo. Son horas de mucho trabajo en la sede de Jujuy al 300, teniendo en cuenta que el cierre de listas operó el lunes al mediodía y el fin de semana largo impondrá una pausa en las actividades.

Dos pedidos de impugnación ingresaron y corrieron distinta suerte: a uno se le hizo lugar y el restante fue rechazado. Este es el detalle.

- En carácter de egresado, Reyes Ramón Díaz impugnó a las docentes Griselda Barale y Marta Barbieri de Guardia, ambas profesoras titulares de la Facultad de Filosofía y Letras. “La edad de 70 años produce el cese automático, de pleno derecho y sin necesidad de mayor sustanciación del cargo docente, por lo que no reúnen los requisitos estatutarios y reglamentarios para pertenecer al estamento”, argumentó. Por decisión mayoritaria (dos votos a uno) la Junta hizo lugar al pedido y dispuso excluir a Barale y a Barbieri del padrón.

“Nos parece una decisión arbitraria de la Junta, que no fue unánime y creemos que no se ajusta a derecho. Nos tomó por sorpresa”, sostuvo el vicedecano de la Facultad, Santiago Bliss. “Son dos profesoras en pleno ejercicio de sus cargos, consejeras además, cuyos derechos electorales han sido vulnerados. La determinación de la Junta es irrecurrible en sede administrativa, como Facultad ya no podemos hacer nada al respecto, pero a ambas les cabe la posibilidad de presentarse en la Justicia. En ese caso será una decisión que tomarán ellas”.

- Por otro lado, la Junta rechazó el pedido de impugnación formulado por la profesora Adriana Marín a un grupo de 17 docentes de la Facultad de Artes, entre los que se encontraban Silvia Agüero y Claudio Buselli, candidatos a Decana y a Vicedecano, respectivamente, por la fórmula oficialista.

La solicitud se fundamentó: “al considerar que revisten el cargo en carácter de interinos y por tanto no reúnen los requisitos estatutarios y reglamentarios para pertenecer al padrón en que se encuentran ni gozar de los derechos de elegir o ser elegidos en el mismo”. En el rechazo al pedido -en forma unánime de los integrantes de la Junta- se consigna; “los docentes revisten los cargos en condición de regulares, por haber accedido por concurso o como resultado del procedimiento previsto en el art. 73 del Convenio Colectivo, por lo cual han sido correctamente incorporados a los padrones”.

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