Avión varado en Ezeiza: la Justicia avaló la retención de los pasaportes de los cinco iraníes

Un juez federal rechazó el hábeas corpus presentado por el abogado de los pasajeros.

ARCHIVO ARCHIVO
13 Junio 2022

El juez federal de Lomas de Zamora Federico Villena rechazó el recurso de habeas corpus presentado por el abogado Rafael Resnick Brenner, por lo que la aeronave seguirá retenida en Ezeiza, mientras se dirime el conflicto diplomático por los cinco ciudadanos iraníes a los que se les retuvo el pasaporte.

Al margen del revés judicial, los protagonistas del caso podrían salir del país. 

El avión Boeing 747 que transportaba autopartes y llevaba 14 tripulantes venezolanos y cinco iraníes está retenido desde el lunes en el aeropuerto de Ezeiza (al sur), tras despertar sospechas sobre los motivos de su vuelo hacia Argentina, según consignó el sitio C5N.

Las autoridades locales reportaron que no hay detenidos y que todos los tripulantes fueron alojados en hoteles con permisos provisorios de estadía. Sin embargo, los funcionarios de migraciones retuvieron los pasaportes de los iraníes.

Una vez que el avión llegó a Ezeiza, fue recibido por la Policía de Seguridad Aeroportuaria, por la Aduana, la Policía Federal y la Dirección de Migraciones. Las fuerzas llevaron a cabo el procedimiento, a raíz de información suministrada por inteligencia de varias agencias mundiales.

El sábado a la mañana, el abogado Rafael Resnick Brenner presentó un habeas corpus, en el cual pedía que se libere el avión y se les devuelvan los pasaportes a todos sus tripulantes.

“No hay orden escrita de autoridad competente alguna que impida restrinja o altere de cualquier manera nuestra libertad, así como tampoco hay causa alguna para retener la aeronave señalada, y menos aun para que empresas como YPF o SHELL se abstengan de cumplir con su servicio público de proveerles el combustible para el reabastecimiento de la aeronave”, decía la presentación del abogado.

El juez le pidió información a Migraciones, a la PSA, a la ANAC, a la Aduana, y a la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA). Sobre la tripulación, el magistrado pidió saber “si se les han retenido sus pasaportes y/o documentación de identidad, especificando en su caso las razones; como así también si los nombrados registran impedimentos en cuanto al ingreso y/o egreso a la Republica Argentina”.

Además, Villena citó a una audiencia celebrada el domingo, donde estuvieron el abogado denunciante y los representantes de los organismos que intervinieron. Con los informes en la mano, y luego de escuchar a las partes, el magistrado rechazó el habeas corpus.

“No se encuentran configuradas ninguna de las causales previstas por el articulo 3° de la Ley 23.098 al no existir de ninguna manera restricción ilegitima a la libertad ambulatoria, dado que la aplicación del art. 35 de la Ley migratoria se encuentra debidamente justificada a raíz de la información que fuera aportada por las autoridades de la Policía de Seguridad Aeroportuaria”, estableció en su resolución el juez.

En opinión del magistrado, la Dirección de Migraciones actuó en el marco de sus facultades. “Los motivos que fundan la retención del pasaporte de los beneficiarios de la acción no encuentran sustento en la falta de visado sino en la sospecha razonable de que la razón esgrimida al ingresar podría no ser la real o verdadera”, agregó. En tanto, Villena no se pronunció sobre la situación puntual del avión, por lo que seguirá en Ezeiza.

Comentarios