Con el nuevo Código Procesal Civil resolvieron una audiencia en 30 minutos

Un juez valoró la reforma y aseguró que humaniza el acceso a la Justicia.

Con el nuevo Código Procesal Civil resolvieron una audiencia en 30 minutos

Los plazos procesales, a partir de la reforma de los Códigos en la provincia, son uno de los principales beneficios que se esperan en el Poder Judicial. Por eso, el hecho de que en una audiencia de 30 minutos se hayan podido resolver cuestiones que con el anterior sistema podían llegar a tardar meses e incluso años es una buena noticia. Fue lo que sucedió cuando un magistrado resolvió en media hora la ejecución en un juicio por daños y perjuicios, que bajo la anterior modalidad escrita llevaba tres años inconcluso. En el acto, encabezado por Jesús Abel Lafuente -titular del Juzgado en lo Civil y Comercial Común de la VIª Nominación del Centro Judicial Capital-, se llevaron adelante distintos trámites en el marco de un proceso en el que se había condenado a la parte demandada a dar cumplimiento con la obligación de hacer y por daños y perjuicios. Según el informe oficial, la sentencia había sido apelada y confirmada en julio de 2019 por la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial Común. El trámite de ejecución no había sido resuelto. Ante la implementación del nuevo Código (vigente desde el 1° de noviembre), Lafuente convocó a las partes a una audiencia de ejecución para dirimir todas las cuestiones pendientes en el juicio.

“Es importante que la gente se entere de este tipo de procesos. Hay cambios muy importantes y queremos darle una respuesta más satisfactoria a la gente que, con razón, antes se quejaba de la duración de los juicios”, explicó el magistrado, que formó parte de la comisión redactora del nuevo Código Procesal y fue uno de los primeros que implementó en su juzgado el expediente digital. “Se puso mucho énfasis en continuar con la experiencia de trabajo que traíamos desde 2018, cuando comenzó a implementarse la oralidad”, agregó. “Ya llevamos cinco años con este proceso, que nos permite resolver cuestiones que antes demoraban hasta seis años en dos o uno incluso”, dijo Lafuente.

El nuevo Código está fundado en una serie de principios que buscan asegurar una tutela judicial efectiva en un plazo razonable. Deja de lado en gran medida la escritura, basando gran parte de los procesos en audiencias (tanto en la etapa probatoria como para dictar cautelares o, como en este caso, para resolver la ejecución de un fallo). Además, facilita el contacto directo del juez con las partes y las pruebas en las audiencias (principio de inmediación) y lo faculta a resolver cuestiones variadas en un mismo acto (principio de concentración). Si bien rige en todos los procesos no penales iniciados a partir del 1° de noviembre, su artículo 822 permite aplicar sus normas en juicios que ya se encontraban en trámite en esa fecha.

Durante el acto, que fue realizado en forma presencial e insumió apenas 32 minutos, se presentaron y aprobaron planillas por capital y astreintes, se acordó la forma de ejecución, monto y fecha de pago, se regularon los honorarios de los profesionales que intervinieron en el proceso y se ordenó un pago parcial mediante transferencia bancaria. Siguiendo lo normado por el Código Procesal, la audiencia fue grabada e incorporada como archivo adjunto al acta de audiencia, para que esté disponible para los interesados.

El modo en el que se resolvió en un solo acto un trámite que a partir de las características particulares del proceso escrito podría demorar años, evidencia de qué manera el nuevo ordenamiento procesal apunta a brindar un servicio de justicia más eficiente, con un recorte significativo de los plazos.

“Los abogados están muy conformes con este proceso, todos están conformes. Las partes pueden hablar con el juez, y nosotros podemos ver in situ a todos los interesados en la causa. Se humaniza algo que antes estaba distante. Entiendo que a veces se ofrece natural resistencia a los cambios, pero esto es maravilloso para todos”, concluyó Lafuente.

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