¿Cuál es la diferencia entre monotributo y monotributo social?

En el último tiempo, con el objetivo de llegar a más personas, AFIP lanzó el "monotributo social".

¿Cuál es la diferencia entre monotributo y monotributo social?
16 Marzo 2023

El monotributo es un régimen simplificado al que acceden los pequeños contribuyentes para abonar sus obligaciones tributarias y acceder a ciertas prestaciones como contar con una cobertura médica (obra social). Sin embargo, para muchos trabajadores informales es muy costoso el monotributo tradicional, por lo que AFIP sacó una variante: el monotributo social.

De este modo, el monotributo social es un régimen tributario dirigido a trabajadores informales y emprendedores en situación de vulnerabilidad. Los mismos realizan una única actividad económica por cuenta propia y se encuentran fuera del mercado laboral formal o tienen trabajos en relación de dependencia con ingresos brutos inferiores al haber previsional mínimo.

¿Para qué sirve el monotributo social?

Este régimen sirve para que los trabajadores informales, emprendedores y otras personas en vulnerabilidad, puedan acceder a prestaciones de salud a través de la obra social.

Además, al realizar aportes jubilatorios en la cuota del monotributo, podrán acceder una jubilación en el futuro, ya que la falta de aportes genera graves inconvenientes en las personas mayores de edad ocasionando que, ante la imposibilidad de jubilarse, deban trabajar en edad adulta.

¿A quiénes les corresponde el monotributo social?

Pueden inscribirse en el monotributo social aquellas personas que realicen una actividad económica independiente, trabajen en relación de dependencia percibiendo un salario bruto inferior al haber previsional mínimo o formen parte de una cooperativa de trabajo con un mínimo de 6 asociados.

¿Cuánto se paga de monotributo social?

El monotributo social se divide en tres partes: el componente impositivo (IVA y Ganancias), el componente previsional (aportes jubilatorios) y el aporte de la obra social.

En este caso, se toma como referencia la categoría más baja del monotributo tradicional que es la categoría "A". Luego, del monto que se abona se divide en las tres partes mencionadas. En este caso, el estado subsidia el 100% del componente impositivo y provisional, además de un 50% del aporte de la obra social. Es decir, el contribuyente únicamente abonará el 50% de la obra social.

Diferencias entre el monotributo y el monotributo social

Las diferencias entre el monotributo y el monotributo social son las siguientes:

- En el monotributo tradicional existen distintas categorías siendo la "A" la más baja y la más alta la "H" para servicios y "K" para bienes muebles, mientras que el monotributo social se rige por los parámetros de la categoría "A".

- En el caso de excederse en el monto de facturación de la categoría "A", en el caso del monotributo tradicional, se pasa a la siguiente categoría, mientras que en el monotributo social se pierde la condición de monotributista social.

- En el monotributo tradicional se abona una cuota que unifica los componentes impositivo, provisional y de obra social, mientras que en el monotributo social los dos primeros están subsidiados al 100% y el último al 50%.

- El monotributo social es compatible con programas de inclusión social del Ministerio de desarrollo y prestaciones como la AUH, mientras que en el plazo fijo tradicional por lo general no.

- El monotributo tradicional tiene menores "requisitos", mientras que en el monotributo social a los requisitos del tradicional se le suman otros.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al monotributo social?

Para acceder deberás cumplir con los siguientes requisitos:

- Ser mayor de 18 años.

- Realizar una única actividad económica.

- Tener un ingreso bruto anual inferior a $999.657,23.

- Ser propietario de un máximo de 2 inmuebles, siempre que uno de estos se encuentre afectado al emprendimiento productivo.

- No tener más de 3 bienes muebles registrables.

- No ser un profesional universitario en ejercicio de su profesión como actividad económica.

- No ser empleador ni titular de acciones o cuotapartes de sociedades comerciales

- Contar con ingresos que provengan únicamente de la actividad económica declarada, sin tener en cuenta las prestaciones otorgadas por el gobierno como la AUH.

- Las cooperativas de trabajo, como es el caso de antiguas empresas recuperadas que se traspasaron a los trabajadores, deben tener 6 asociados como mínimo.

Comentarios