El Banco Central ajusta el cepo al dólar: cómo es la nueva traba para compras en el exterior

La entidad restringe las operaciones con "gift cards" o equivalentes de tiendas radicadas fuera del país, para frenar la sangría de divisas

Miguel Ángel Pesce, presidente del BCRA Miguel Ángel Pesce, presidente del BCRA
12 Mayo 2023

Para contener la caída de reservas y controlar la fuga de divisas, el Banco Central (BCRA)  dispuso, a través de la Comunicación “A” 7766, que habrá que tener una conformidad previa de la entidad para adquirir tarjetas de regalo o “gift card” con proveedores del exterior. La medida tiene como fin tener un mayor seguimiento de las operaciones de comercio exterior que realizan “empresas vinculadas”.

De esta manera, el BCRA endurece el cepo al dólar y desalienta la compra desde Argentina con divisas en el exterior.

Es que con tantas restricciones, el consumidor argentino se las ingenió para seguir comprando fuera del país y hasta en seis cuotas sin interés, con las tarjetas regalo de tiendas extranjeras, como las de Amazon o PlayStation. Es decir, órdenes de compra que los usuarios de EEUU usan para regalar a un tercero para que compre lo que quiera.

Estas tarjetas se venden en el país, en su versión digital: es un código que puede validarse en la plataforma como la de Mercado Libre para acreditar esos fondos en la cuenta de Amazon y comprar artículos para consumo propio o reventa.

Ahora, la entidad que preside Miguel Ángel Pesce publicó una nueva comunicación, la A 7766, que arremete contra estas tarjetas.

Así, a partir de este viernes, estas se incorporan al listado de operaciones que requieren conformidad previa del BCRA para cursar pagos al exterior por el uso de tarjetas de crédito, compra, débito o prepagas emitidas en el país, para la "la adquisición de tarjetas de regalo o equivalentes de tiendas o locales radicados en el exterior".

A la medida contra las “gift card”, también se incorporan productos y servicios que no se pueden adquirir con plásticos emitidos en el país. Estos ellos se destacan: la participación en juegos de azar y apuestas de distinto tipo; la compra de criptoactivos y la transferencia de fondos a cuentas en billeteras virtuales; la realización de operaciones cambiarias en el exterior, y la adquisición de joyas, piedras preciosas y metales preciosos (oro, plata, platino, etc.).

También endureció el cepo importador

Por otra parte, el Banco Central amplió el “cepo” importador para acceder a los dólares bursátiles. El acceso a los dólares MEP y “contado con liquidación” ya estaba prohibido para los grupos económicos y los directivos, ahora suman a las empresas vinculadas aunque no tengan control accionario.

Desde ahora las excepciones que permitían adelantar los pagos al exterior deberán tener “cero” en el plazo de acceso al MULC y, por lo tanto, dejan de ser excepciones como regla general. Así, se amplía la restricción al acceso a ese mercado del dólar bursátil a las personas jurídicas del mismo grupo económico que realicen operaciones en el mercado del dólar “contado con liqui” o MEP.

De este modo, en esos casos, la restricción que impide acceder al mercado oficial de cambios (MULC) por haber operado “contado con liqui” o MEP en los días anteriores a la solicitud se amplía a 180 días y, en el caso de personas físicas o jurídicas que ejerzan control sobre la sociedad solo aplicará para operaciones efectuadas desde el 21 de abril, para las realizadas previamente, sigue vigente el plazo de 90 días.

El BCRA ya había dispuesto que aquellos inversores que quieran comprar dólares en la Bolsa a través de la compraventa de bonos bajo legislación extranjera (la serie GD) que cotizan en simultáneo en pesos y en dólares en el mercado bursátil no pueden haber operado en el MULC durante 180 días previos y tampoco podrán hacerlo por 180 días posteriores (hasta ahora, ambos plazos eran de 90 jornadas).

Comentarios