Luego de un acalorado debate, la Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción al proyecto de "Ficha Limpia", que busca que funcionarios condenados en segunda instancia por corrupción puedan postularse a cargos electivos. La votación terminó con 144 votos a favor, 98 en contra y dos abstenciones. 

La iniciativa oficialista propone una modificación de la ley Orgánica de Partidos Políticos (N°23298) que, en su artículo 33, enumera una serie de restricciones para quienes deseen integrar listas partidarias. Según estipula la normativa actual, no pueden ser candidatos quienes estén “excluidos del padrón electoral como consecuencia de disposiciones legales vigentes” y las personas procesadas por genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y violaciones de derechos humanos, entre otros actos contemplados en el Estatuto de Roma.

Tampoco pueden competir en elecciones el personal superior y subalterno de las Fuerzas Armadas y fuerzas de seguridad; magistrados, funcionarios o miembros del Poder Judicial; y los directores o apoderados de empresas concesionarias de servicios y obras públicas en los distintos niveles de gobierno o autoridades de entidades que “exploten juegos de azar”.

Con el proyecto de "Ficha Limpia", ahora la administración libertaria busca agregar una nueva condición: que quienes hayan sido condenados en segunda instancia -es decir, confirmada por la Cámara de Casación Penal en el caso de la Justicia Federal- por delitos contra la administración pública tampoco puedan ser candidatos.

Según las últimas modificaciones negociadas en la Cámara baja, la confirmación de la pena deberá expedirse antes del cierre de los padrones provisorios que, conforme a lo establecido en el artículo 25 del Código Nacional Electoral, debe realizarse 180 días antes de los comicios.

Este año, las elecciones nacionales se celebrarán el 26 de octubre. Así, de aprobarse en ambas cámaras la nueva formulación, no podrán presentarse a elecciones todas aquellas personas que hayan recibido condena en segunda instancia antes del 29 de abril. Este es el caso de la ex presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, ya que, el 13 de noviembre del año pasado, Casación confirmó su condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por la Causa Vialidad.

Quienes estén alcanzados por estas restricciones para postularse a cargos electivos tampoco podrán ser designados como funcionarios públicos: no podrán ejercer el rol de jefe de Gabinete, ministros, secretarios, subsecretarios, autoridades de organismos descentralizados o de la Seguridad Social. Así lo establece el artículo 7 de la norma que se debate en Diputados. Tampoco podrán integrar el cuerpo diplomático ni ser directores de empresas con participación estatal.

La iniciativa del Gobierno, además, establece que la Cámara Nacional Electoral deberá llevar “un registro público de ficha limpia” con las sentencias dictadas, el nombre de las personas alcanzadas por ellas y sus eventuales revocaciones.

¿Qué provincias ya implementaron Ficha Limpia?

Algunas provincias ya comenzaron a aplicar la "Ficha Limpia" para funcionarios locales. Tal es el caso de Chubut y Mendoza, que inauguraron esta ley en 2020.

Un año después, también en Salta sus diputados lograron aprobarla en una sesión en la Corte Suprema local. Luego, en 2022, San juan, Jujuy y Santa Fe se sumaron a la legislación para condenas en segunda instancia, a la cual le agregaron los delitos contra la integridad física y sexual.

El último distrito en incluirse a la normativa fue Río Negro que sancionó la ley el 22 de diciembre de 2024, en una sesión extraordinaria.