El Poder Ejecutivo (PE) renovó vía decreto acuerdo de necesidad y urgencia (DNU) una disposición que lleva alivio a contratistas que proveerán de bienes y servicios al Estado provincial durante 2026.
A través del DNU 1/3, firmado el 7 de enero por el gobernador Osvaldo Jaldo y su gabinete, el Gobierno exceptuó hasta el 31 de diciembre de este año “la presentación de certificado de cumplimiento fiscal, a los efectos de la admisibilidad de las ofertas y propuestas que se presenten” en el marco de las contrataciones por parte de la Provincia.
La medida había sido aplicada en 2024 y en 2025, también mediante esta herramienta normativa. Y la excepción se mantendrá para este ejercicio que recién comienza.
En los fundamentos, el DNU advierte sobre “la necesidad de agilizar los procedimientos de compras y contrataciones” que se efectúan en el ámbito gubernamental.
“Ante la apremiante situación económica por la que atraviesa el país, el Estado provincial ha promovido medidas tendientes a atenuar sus efectos y remover los obstáculos que afecten la prestación de sus servicios”, detalla el decreto acuerdo. Y advierte que, en “en ese contexto, la presentación del Certificado de Cumplimiento Fiscal, a los fines de la admisibilidad formal de las ofertas, puede desalentar la concurrencia de los oferentes de los trámites de adquisición de bienes y suministros de servicios”.
El texto aclara que esta disposición “no impide que el Gobierno exija “por las vías administrativas y judiciales el cumplimiento de las obligaciones impositivas”. Por ello, explica, esta excepción “no incide sobre la recaudación de los tributos provinciales”.
De todos modos, señala el instrumento legal, dichas “circunstancias excepcionales”, sumadas a “la urgencia de su implementación” y al receso administrativo, ameritan el dictado de un DNU por parte del Ejecutivo.
En estado parlamentario, pero vigente
El DNU 1/3 ingresó el jueves de la semana pasada a la comisión de Hacienda y Presupuesto de la Legislatura, que preside el oficialista Carlos Gallia.
Debido al receso, no hay fecha para su discusión en la sede de Muñecas al 900.
De todos modos, el decreto acuerdo aclara que sus disposiciones “tendrán vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia”, con lo cual la excepción de presentar el certificado de cumplimiento fiscal ya se encuentra operativa.
De hecho, esto ya había sucedido en los dos años anteriores, cuando el texto tomó fuerza de ley sin tratamiento parlamentario, por la aplicación del artículo 101° de la Constitución provincial. Este apartado establece que la Cámara provincial “deberá expedirse sobre la validez” del DNU dentro de los 20 días hábiles de haber recibido el expediente. Y en caso de que venciera ese plazo “sin que la Legislatura se pronunciare, su contenido adquirirá fuerza de ley” a partir del momento en que fue dictado.
La eximición de presentar el certificado fiscal es de amplio alcance, es decir, no excluye ninguno de los rubros que proveen al Gobierno, tanto a nivel bienes como servicios. El impacto sin embargo se observará especialmente en el ámbito de la construcción, dado que la Ley de Obras Públicas impide específicamente la contratación de “morosos deudores” del Estado. Este requisito, incluso, traía complicaciones a empresas que, habiendo ejecutado trabajos, llevaban adelante los trámites administrativos para el cobro de certificados de obra, pero no contaban con el documento que prueba el pago de tributos en tiempo y forma. Esa condición generó dolores de cabeza tras el recambio de gobierno, en diciembre de 2023, cuando la Nación resolvió un ajuste en obras públicas y se registraron demoras en el envío de fondos. Ante ello, explicaron desde el sector empresario, solicitaron al Gobierno provincial esta medida, que sigue vigente.
Más allá de esto, la herramienta ratificada por el DNU 3/1 también lleva alivio a contratistas de otras áreas del Estado.
A modo de ejemplo, señalaron fuentes oficiales, esta disposición permitirá sumar proveedores para áreas sensibles, que celebran contratos con el Gobierno para adquirir bienes de primera necesidad (como alimentos, colchones, medicamentos, insumos, etcétera). En algunos casos, incluso, el requisito de presentar el certificado de cumplimiento fiscal antes de la adjudicación desalentaba la participación de posibles oferentes.
Para qué sirve este certificado y hasta cuánto demora
El Certificado de Cumplimiento Fiscal es expedido por la Dirección General de Rentas (DGR), con el objetivo de “verificar que los proveedores de bienes y/o servicios del Estado Provincial hayan dado cumplimiento con sus obligaciones tributarias”, explica la Guía de Trámites del Gobierno de Tucumán. El sitio oficial aclara que el plazo para emitir certificado o (el informe de inhabilitación) por parte de la DGR “es de hasta 15 días hábiles administrativos después de formulada la correspondiente solicitud”. Con la excepción establecida vía DNU, por ello, se apunta a agilizar los procesos de contratación.