El Gobierno provincial dispuso la prórroga hasta el próximo 29 de julio del Régimen de Regularización de Deudas de contribuyentes ante la Dirección General de Rentas (DGR).
La moratoria comprende las obligaciones tributarias vencidas y exigibles hasta el 28 de febrero de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, a la Salud Pública, Sellos, Inmobiliario, CISI (comunas rurales), a los Automotores y Rodados, Tasa al Uso Especial del Agua y la Tasa Retributiva de Servicios, incluyendo sus intereses, recargos y multas.
El subdirector de Rentas, Juan Fernández, sostuvo que "la posibilidad para el acogimiento vencerá el 29 de julio de este año”. Detalló que “la condición para ingresar a todo es a través de la página web de Rentas (hacé clic acá), utilizando la clave fiscal de la AFIP”.
Prorrogan la moratoria municipal en San Miguel de Tucumán: claves para acceder al régimenEn el organismo recordaron que, para acceder a la moratoria, la condición es tener abonadas las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operen a partir del 1 de marzo de 2022.
“En el caso de los impuestos en ingresos brutos y para la Salud Pública se trata el anticipo 2, 3, 4, 5 y 6 de este año. Y en el caso de los Patrimoniales, se trata de la cuota 3, 4, 5, 6 y la del mes de julio”, afirmó Fernández.
El acogimiento a la moratoria tiene como beneficio la bonificación del 100% de los intereses devengados hasta el 31 de diciembre de 2019.
“A partir de ahí, los intereses que comienzan a contarse desde el 1 de enero de 2020 tienen los siguientes beneficios: 70% por pago al contado; si se hace en un plan de facilidades que no exceda de febrero del año que viene, el 60% se bonifica de esos intereses y para el resto se bonifica el 50% de los intereses”, afirmó el subdirector. Y remarcó que “para los acogimientos de julio, la primera cuota vence el 16 de agosto”.