Impulsan un protocolo para que los policías sepan cuándo usar sus armas

Los legisladores Bussi y Verón Guerra presentaron un proyecto para que los efectivos tengan más libertad de acción. Rechazo de sus pares de la Comisión de Seguridad.

Imagen ilustrativa. Imagen ilustrativa.

“Esta iniciativa tiene como principal intención introducir la discusión sobre los criterios actuales para el uso de armas de fuego letales y de armamento eléctrico por parte de los agentes de las fuerzas policiales de Tucumán, dado que las anteriores normas han quedado obsoletas ante el accionar violento de la delincuencia”. Así presentaron los legisladores republicanos Ricardo Bussi y Eduardo Verón Guerra el proyecto de ley con el que proponen que los uniformados usen nuevas armas y la creación de una especie de guía básica sobre cuándo pueden usar sus armas de fuego.

La iniciativa ni siquiera fue tratada y ya genera polémica. Legisladores la calificaron como impracticable; abogados cuestionaron su legalidad; y los agentes de policía dudaron de su implementación.

Poca claridad

Los republicanos sostienen que el protocolo que actualmente está en vigencia introducía criterios pocos claros sobre cuál era el uso racional de la fuerza. “Sin una interpretación clara de su contenido deja abierta la cuestión a que cualquier situación donde se usó la fuerza letal se interprete como irracional, innecesaria, desproporcionada, incongruente e inoportuna”, razonaron. “Por eso se veía reflejada en una indefensión de los agentes que, ante la incertidumbre que esta falta de criterios objetivos y ciertos generan, prefieren no intervenir o disminuir al máximo su posibilidad de intervención ante una situación delictual. Este postulado de criterios tampoco significa una apología de la doctrina del ‘gatillo fácil’”, señalaron en sus fundamentos.

El proyecto tiene dos ejes en cuestión. En el primero deja aclarado cuándo los efectivos están autorizados a utilizar sus armas y también suponen una situación de “peligro inminente” (ver punteado por separado).

Los efectivos, según la iniciativa, podrán utilizar sus armas cuando exista:

A) En defensa propia o de otras personas.

B) Para impedir la comisión de un delito particularmente grave.

C) Para proceder a la detención y oponga resistencia a la autoridad.

D) Para impedir la fuga hasta lograr su detención.

Las reacciones

“Lo considero inviable, ya que es una cuestión muy subjetiva las definiciones sobre cómo y cuándo podrán utilizar las armas. Lo que busca clarificar la cuestión terminará transformándose en una avalancha de denuncias por el uso excesivo de poder”, opinó el presidente de la Comisión de Seguridad, Carlos Najar.

“Si se llegara a aprobar, tendríamos que agregarle un artículo en el que se asegure que tendrán asistencia legal porque vivirán en tribunales”, añadió.

El parlamentario oficialista también aseguró que los autores del proyecto no podrán cumplir con su objetivo. “Pretenden acabar con un problema, pero terminarán generando un caos”, sentenció.

El legislador radical José Cano también cuestionó la iniciativa. “Es una enormidad tener que recurrir a una ley para normar cuestiones que son propias de la fuerza. Alcanza con un protocolo refrendado por el jefe de Policía y el ministro de Seguridad”, declaró.

“Creo que antes que pensar en una nueva norma, se debería fortalecer la capacitación del uso racional de la fuerza antes de que ingresen y cuando estén en la fuerza. Esa falencia se notó en el crimen de Facundo Ferreira y en el caso del policía que en la avenida Las Américas mató a un civil cuando repelió un asalto”, detalló Cano, que también es miembro de la Comisión de Seguridad de la Legislatura.

Los destinatarios

“La verdad es que antes de pensar en estas normas, los legisladores deberían preocuparse en controlar si todos los agentes nuevos están armados”, explicó Lucía, una integrante de la fuerza que presta servicios en Distritos Urbanos. “A algunos compañeros los ponen en zonas rojas y sólo tienen tonfas”, añadió.

Juan Carlos, otro efectivo, consideró que hay otros problemas. “No podemos hacer mucha práctica porque las municiones son muy costosas y las tenemos que comprar nosotros. Me parece que deberíamos tener más prácticas”, señaló.

“No creo que haya que cambiar las leyes. Cuando un compañero actúa siguiendo las instrucciones que nos dieron, no tendrá problemas en la Justicia. Es mentira lo que dicen de que no actuamos por temor. ¡Mirá si te vas a poner a pensar en eso cuando te vayan asaltar!”, finalizó Fernando.

Cuándo se considera peligro inminente

- Cuando se actúe bajo amenaza de muerte o de lesiones graves para sí, o para terceras personas.

- Cuando el presunto delincuente posea un arma letal, aunque luego de los hechos se comprobase que se trataba de una réplica.

-  Cuando integre un grupo de dos o más personas y otro miembro del grupo posea un arma o haya efectuado disparos o haya lesionado a terceros. .

- Cuando trate de acceder a un arma en circunstancias que indiquen la intención de utilizarla contra el agente o contra terceros.

- Cuando efectuase movimientos que indiquen la inminente utilización de un arma.

- Cuando estando armado, busque ventaja parapetándose, ocultándose, o mejorando su posición de ataque. .

- Cuando tenga la capacidad cierta o altamente probable de producir, aún sin el uso de armas, la muerte o lesiones graves a cualquier persona.

- Cuando se fugue luego de haber causado, o de haber intentado causar, muertes o lesiones graves.

- Cuando la imprevisibilidad del ataque esgrimido, o el número de los agresores, o las armas que éstos utilicen, impidan materialmente el debido cumplimiento del deber, o la capacidad para ejercer la defensa propia o de terceras personas.

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