“Sauma no cometió un error; cometió un delito”

Fue condenado a una pena condicional por haber matado a un ladrón.

EL FINAL. El juez Ortega habla y Sauma lo escucha atentamente. EL FINAL. El juez Ortega habla y Sauma lo escucha atentamente.

Después de escuchar la sentencia hubo lágrimas en ambos lados. El comerciante Andrés Sauma, condenado a tres años por homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego en exceso de la legítima defensa, abrazó a sus seres queridos, que lloraban. La familia de Maximiliano Fernández, la víctima del hecho, también derramaba lágrimas en otro sector del cuarto piso de tribunales.

Ese fue el final del debate más polémico que se desarrolló en este febrero. Polémico por la postura que tomaron las partes sobre una cuestión que desde hace años divide a la sociedad. El de abril de 2023, por un mensaje que envió un vecino, el comerciante fue hasta una vivienda que estaba remodelando. Al llegar al lugar, encontró que alguien estaba en el interior. A través de la puerta, realizó cuatro disparos con un revólver calibre 22.

Tres posturas

El crimen nunca fue debatido en el juicio. Nadie marcó una diferencia sobre dónde, cuándo y cómo. La discusión giró en torno al porqué. El auxiliar Miguel Fernández, que siguió las instrucciones del fiscal Carlos Sale, entendió que se trataba de un homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego y por ese motivo solicitó que se lo condenara a una pena de 11 años.

Los defensores Javier Lobo Aragón y Aníbal Paz, asistidos por Javier Lobo Aragón (h), sostuvieron que el comerciante sólo había actuado por temor a que les pasara algo a él y a su esposa. Solicitaron directamente la absolución.

Cambio de opinión

La querella, representada por Patricio Char y Agustina Recalde, jugó un papel determinante en el debate. En toda la etapa de instrucción se adhirieron al planteo de la fiscalía, pero después de haber fracasado en un intento de cerrar el expediente en un juicio abreviado por el rechazo del Ministerio Público, en la audiencia adelantaron que de lo que surgiera en el debate podrían cambiar de opinión. Y eso sucedió. Los profesionales solicitaron que Sauma fuera condenado a tres años de prisión por haberse excedido en el legítimos derecho de defenderse.

El fallo

Con puntualidad inglesa, el juez Gonzalo Ortega citó a todas las partes a las 10 para dar a conocer su fallo. A las 10.05, una funcionaria judicial leyó la parte resolutiva de la sentencia. Ahí se confirmó que el imputado había recibido una condena de tres años de cumplimiento condicional. Luego el magistrado hizo uso de la palabra para fundamentar el fallo y hacer algunos comentarios sobre el caso. “Señor Sauma, usted no cometió un error, usted cometió un delito”, fue una de las frases que emitió.

Ortega, en grandes rasgos, explicó en cinco puntos por qué había decidido dictar este fallo. Ellos son:

1- Quedó acreditado que Fernández fue víctima de un homicidio el 14 de abril de 2023.

2- A lo largo de la audiencia no surgió ningún tipo de duda que Fernández haya ingresado ilegalmente a la propiedad de Sauma con fines de robo o para consumir sustancias.

3- En las audiencias se plasmó que el imputado sufrió otros hechos de inseguridad en el mismo domicilio. “En este caso no hizo falta que estuviera acreditado con una denuncia que Sauma haya sido víctima de un hecho de inseguridad. En los mensajes de la vecina quedó evidenciado”, entendió el magistrado.

4- Para el magistrado también quedó demostrado que Sauma no provocó la agresión de sus derechos que, en este caso, fue la de ingresar ilegalmente a su domicilio.

5- El magistrado sí cuestionó que el imputado no fue racional a la hora de actuar cuando disparó el arma que ilegalmente tenía en su poder. “El modo en que repelió esa agresión fue utilizando o desplegando el máximo grado de violencia que tenía a su disposición”, argumentó. “Como dijo el representante del Ministerio Público, podría haber disparado al suelo o al aire, pero no lo hizo. Por eso considero que fue excesivo”, destacó.

Ortega tuvo en cuenta las condiciones personales de Sauma para dictar sentencia en la que aclaró tajantemente que “no puede ser considerada como un mensaje a la sociedad”.

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