Absuelven a un guardiacárcel y a cuatro ex funcionarios del penal

La Fiscalía pidió que el preso imputado reciba 18 años de prisión. La querella, 20 años para el reo y un ex comisario.

TRIBUNAL. Los jueces Rafael Macorito, Dante Ibáñez y Diego Lammoglia dirigen el juicio. TRIBUNAL. Los jueces Rafael Macorito, Dante Ibáñez y Diego Lammoglia dirigen el juicio.
23 Marzo 2024

Por decisión de la fiscalía, serán absueltos al menos cinco de los siete enjuiciados por el crimen de Fernando Sebastián Medina, el preso que denunció el tráfico de drogas dentro del penal de Villa Urquiza y que fue asesinado por el interno Alejandro Sebastián Mendoza el 22 de noviembre de 2017. El 4 de abril se conocerá la sentencia.

El 4 de marzo se inició el juicio de uno de los homicidios más polémicos de los últimos años en la provincia, ya que dejó al descubierto la comercialización de estupefacientes dentro del penal. La particularidad es que la víctima se encontraba alojada en la comisaría 7ª porque había denunciado que funcionarios de la cárcel lo obligaban a vender droga. Fue trasladado repentinamente a Villa Urquiza tres días antes de su muerte a pesar de que había un habeas corpus aprobado por el entonces juez de Ejecución, Roberto Guyot.

La fiscala Adriana Giannoni (ya jubilada), imputó a Mendoza, al guardiacárcel Claudio Alejandro González y los comisarios Sergio Walter Patto, José Fernando Cisterna, Guillermo Antonio Snaider, Víctor Casasola y Enrique Osvaldo Núñez.

La teoría inicial de la Fiscalía era que el asesinato de Medina se trató de un plan realizado por los funcionarios penitenciario, en el cual Mendoza cumplía el rol fundamental de apuñalar a la víctima.

Sin embargo, durante los alegatos de clausura, la Fiscalía de Cámara dirigida por Daniel Marranzino decidió no acusar a Patto, Cisterna, Snaider, González, Casasola y Núñez por considerar que durante el debate oral no se produjeron los elementos suficientes para sostener la acusación realizada por Giannoni. “Descartamos que haya habido una coautoría. Creemos que Mendoza es el único autor del homicidio”, dijo el auxiliar fiscal Gonzalo Guerra.

“Hemos podido construir que Mendoza no solamente tenía el miércoles a la tarde una punta cuando le pega los puntazos a Medina, sino que ya a la mañana había tenido un problema con otro interno para pasar al anexo y poder salir al patio a tener los beneficios educativos. Con el testimonio de las señoritas que daban clases quedó acreditado que en ningún momento Medina amenazó ni atacó a Mendoza, sino que fue al revés”, fundamentó Guerra.

Respecto de Casasola dijo que se logró acreditar que estuvo en Salta el día que se produjo el traslado de Medina al penal. De Núñez señaló que no tuvo la participación necesaria para que se concretara el crimen. Sobre la acusación de González manifestó que se pudo comprobar que solamente estuvo presente en la comisaría 7ª al realizar la requisa y que regresó cuando Medina ya había sido trasladado. También sostuvo que la víctima no estaba alojada en la Unidad a cargo de Cisterna y que Snaider y Patto “no incurrieron en la figura de incumplimiento de los deberes de funcionario público”.

Al referirse a Patto dijo que sólo pudo acreditarse que se comunicó con la secretaria del Juzgado de Ejecución, Nazaret Ponce de León, pero no se pudo saber quién ordenó el traslado de Medina a Villa Urquiza. “Lo cierto es que (empleados del juzgado) sabían la situación y Medina no falleció el domingo; estuvo el lunes, el martes y el miércoles lo mató otro interno”, dijo el auxiliar.

La fiscala Giannoni intentó en varias oportunidades, sin éxito, que Guyot sea investigado por su supuesta participación en el hecho, ya que nunca escuchó los reclamos de Medina ni la de sus familiares. El magistrado luego fue destituido a través de un juicio político.

Finalmente, Guerra cerró su alegato solicitando que Mendoza fuera condenado a 18 años de prisión por el delito de homicidio simple.

La querellante Silvia Furque coincidió con el pedido de absolución de todos a excepción de Patto. A su entender el comisario tuvo una participación necesaria en el homicidio. “Patto mintió que la secretaria Ponce de León dio la orden de traslado”, sostuvo. Además dijo que participó del crimen porque “perdió el negocio cuando trasladaron a Medina; la plata que le entraba ya no la tenía, sino que tenía una denuncia en la cabeza”, fundamentó la abogada, que solicitó que Mendoza y Patto sean condenados a 20 años de prisión.

La defensora de Patto y Mendoza, Marta Toledo, se opuso al planteo. Al exponer su teoría del caso explicó que Mendoza actuó en legítima defensa porque “Medina fue quien se acercó y comenzó a agredirlo. Hubo una lucha, no una agresión directa”. Acto seguido pidió la absolución para su pupilo o en su defecto que sea condenado a 13 años de prisión.

Sobre Patto, dijo que no pudo comprobarse la participación necesaria y que su defendido “jamás fue mencionado por Medina en la ratificación del habeas corpus. Él jamás dijo que Patto recibía dinero y que lo obligaba a vender droga. Su nombre sale después del fallecimiento, por mención de su esposa”, argumentó Toledo para luego adherir al pedido de absolución de la Fiscalía.

Los demás defensores adhirieron al planteo del MPF. (Producción Periodística: Micaela Pinna Otero)

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