A partir del viernes 9 de agosto entrará en vigencia un plan de facilidades de pago dispuesto por la Dirección de Ingresos Municipales, que ofrece descuentos de un 25% para la cancelación de deudas de contado y de un 10% de descuento a quienes opten por un financiamiento de hasta tres cuotas.
Se podrán cancelar con esa modalidad las deudas de Contribuciones que Inciden Sobre los Inmuebles (CISI), el Tributo Económico Municipal (TEM) y Contribuciones que Inciden Sobre Cementerios (CISCA), entre otros tributos.
En tanto, quedarán excluidas del régimen de pagos las deudas por Contribuciones que Inciden Sobre los Servicios de Asistencia Pública y Protección Sanitaria, Contribuciones por Servicios Diversos, Contribuciones que Inciden Sobre los Mercados y Concesiones de bienes de dominio público de la Municipalidad. Tampoco podrán beneficiarse quienes tengan deudas que provengan de planes de pago refinanciados que ya caducaron y aquellas que se encuentren en proceso de trámite judicial de cobro.
En el caso de los tributos que sí son alcanzados por el plan de pagos, los descuentos mencionados se aplicarán sobre el total de la deuda determinada a la fecha de acogimiento al beneficio y hasta la concurrencia de los intereses.
Los contribuyentes que opten por un plan de facilidades en más de tres pagos, podrán ingresar el monto de la deuda en hasta 30 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, no inferiores a los $5000, en el caso de CISI y CISCA, y de $10000, en el caso del TEM.
La disposición de la DIM establece que los planes de pago caducos podrán refinanciarse en hasta 12 cuotas. Además, aclara que las multas por pago fuera de término podrán financiarse hasta un máximo de seis cuotas, siempre que cada una de las mismas no sea inferior a los $5000.
También se aclara que las cuotas vencerán los días 15 de cada mes (el día hábil siguiente si fuera feriado), a partir del mes siguiente a la fecha de acogimiento.
Para poder acceder al plan de facilidades de pago, los contribuyentes deberán acreditar, como requisito previo, haber abonado los últimos tres anticipos vencidos a la fecha de acogimiento a dicho plan.
La adhesión al régimen dispuesto por la DIM se podrá realizar en forma presencial en las oficinas de esa repartición, en 24 de Septiembre 334, o vía internet. Los contribuyentes y responsables deberán utilizar su CUIT y la Clave Fiscal otorgada por la AFIP.