Cannabis medicinal: cuáles son los cambios que introdujo el Gobierno en el Reprocann

Se autoriza a las asociaciones civiles y habrá modificaciones en los requisitos de inscripción.

Buscan médicos para trabajar en la Patagonia. Buscan médicos para trabajar en la Patagonia. FOTO TOMADA DE ELPLANTEO.COM
20 Agosto 2024

El Ministerio de Salud de Argentina ha implementado nuevas modificaciones en el registro de cannabis medicinal, conocido como Reprocann, mediante la Resolución 3132/2024 publicada en el Boletín Oficial. Entre los cambios más relevantes, se encuentran los nuevos requisitos de inscripción y la actualización de los límites permitidos para el cultivo de plantas con fines terapéuticos.

Una de las modificaciones clave es la exigencia de poseer una “Diplomatura o Maestría específica en el uso medicinal del cannabis” como requisito indispensable para que las asociaciones civiles puedan inscribirse en el Reprocann. Además, se mantiene la necesidad de contar con una prescripción médica emitida por un profesional autorizado y el consentimiento informado firmado de manera bilateral.

Por otro lado, las asociaciones civiles y fundaciones sin fines de lucro, que busquen inscribirse en el registro, deberán demostrar su relación efectiva con los pacientes registrados a través de un carnet o constancia emitida por la institución. Estas organizaciones también estarán obligadas a renovar anualmente su certificado de vigencia, y a presentar, cuando lo requiera la autoridad competente, la documentación que respalde su cumplimiento con la Ley 27.350 y demás normativas vigentes.

Reprocann: ¿Cuánto se podrá cultivar de manera legal en Argentina?

En cuanto al cultivo, los límites han sido claramente especificados: cada cultivador inscrito en el Reprocann podrá representar hasta dos personas, incluida la suya propia. El número de plantas florecidas permitidas varía entre 1 y 9 por paciente, y las áreas de cultivo autorizadas son de hasta 6 metros cuadrados para interiores y 15 metros cuadrados para exteriores. Asimismo, se permiten transportar entre 1 y 6 frascos de 30 ml de extracto de cannabis o hasta 40 gramos de flores secas.

El Ministerio de Salud advirtió que las autorizaciones e inscripciones, en curso, tendrán un plazo de seis meses para adecuarse a la nueva normativa y actualizar la documentación que sea necesaria.

Además, el organismo informó que las habilitaciones podrán ser revocadas si no se cumplen con los requisitos establecidos o si así lo solicita la autoridad judicial. Con estas actualizaciones, el Gobierno argentino busca reforzar la regulación del uso medicinal del cannabis, asegurando que se sigan los estándares legales y científicos correspondientes.

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