Sobresueldos: la Corte Suprema nacional sobreseyó a Domingo Cavallo por prescripción del caso

El ex ministro había sido condenado en la causa a la pena de tres años y seis meses de prisión e inhabilitación absoluta perpetua por ser partícipe necesario del delito de “peculado”

Domingo Cavallo. Archivo Domingo Cavallo. Archivo
22 Noviembre 2024

La Corte Suprema de Justicia dictó el sobreseimiento de Domingo Cavallo por prescripción en una causa por pago de sobresueldos cuando era ministro de Economía durante el gobierno de Carlos Saúl Menem. El alto tribunal invocó violación del “plazo razonable” de un proceso penal.

“Han transcurrido dieciocho años desde que se ha citado a declarar como imputado a Domingo Cavallo sin que se haya determinado su posición frente a la ley y a la sociedad, y sin haber puesto término a la situación de incertidumbre que comporta el enjuiciamiento penal”, señaló la Corte al declarar la prescripción del caso.

“Ante la ausencia de cualquier otro elemento que torne razonable tal prolongación del proceso por casi dos décadas, esta excede ampliamente lo tolerable”, se agregó.

Partícipe necesario del delito de “peculado”

Cavallo había sido condenado en la causa a la pena de tres años y seis meses de prisión e inhabilitación absoluta perpetua por ser partícipe necesario del delito de “peculado”. Contra esa sentencia, la defensa de Cavallo interpuso un recurso de Casación que fue rechazado, y ante un nuevo planteo del ex  funcionario referido a la violación del derecho a ser juzgado en un plazo razonable, el caso llegó a la Corte.

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Los abogados defensores de Cavallo argumentaron que “los 29 años transcurridos desde que sucedieron los hechos, como los 14 de tramitación, no encuentran justificación alguna”. El delito por el que fue juzgado está relacionado a la percepción del pago de gastos protocolares con fondos de la ley secreta 18.302. El caso se lo conoció públicamente como de los “sobresueldos”.

Los orígenes del caso

La causa judicial se inició en 2004 con la investigación de la supuesta sustracción sistemática de caudales públicos entre 1989 y 1999 mediante la asignación mensual, y en forma paralela a las remuneraciones del cargo, de sumas de dinero a diversos funcionarios de la más alta jerarquía del Poder Ejecutivo Nacional.

Esos fondos se pagaban en concepto de gastos protocolares, compensaciones y sobresueldos, que provenían de partidas presupuestarias asignadas a fondos de carácter reservado cuya utilización, de acuerdo a las normas legales que los regulaban, se encontraba exclusivamente destinada a las actividades relacionadas a la defensa y seguridad del Estado.

El 10 de octubre de 2006 se dispuso la indagatoria de Cavallo, que se hizo efectiva en marzo de 2007. Luego de ello, se le dictó la falta de mérito el 10 de septiembre de 2007 y, tras una ampliación de la declaración indagatoria de Cavallo efectuada el 20 de mayo de 2008, el juez lo procesó el 29 de mayo de 2009.

En tanto que el 21 de mayo de 2014 se fijó el inicio de debate para el 2 de marzo de 2015. El 1° de diciembre de 2015 se dictó el veredicto condenatorio de tres imputados, entre ellos Cavallo. Ahora, en el mismo fallo, la Corte declaró “inoficioso” el pronunciamiento en relación al fallecido Carlos Menem, quien también había sido condenado por el caso.

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