Las autoridades del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) ampliaron a cuatro años el tiempo que los predios ganaderos pueden estar sin registrar movimientos antes de ser dados de baja del Registro, por lo que, a partir de ahora, los campos proveedores de ganado a la Unión Europea (UE) tendrán un plazo de hasta cuatro años sin movimientos, antes de que se proceda a su baja en el Registro Nacional de Establecimientos Rurales Proveedores de Ganado para Faena de Exportación con destino a la UE.
La medida fue dispuesta por el Senasa, mediante la resolución 165/2025 ya publicada en el Boletín Oficial, con el fin de mejorar las condiciones de producción, otorgar mayor libertad a los productores y facilitar las exportaciones.
Se trata de una modificación del inciso b del artículo 8 de la Resolución 53/2017, que quedará redactada de la siguiente manera: “Ante la ausencia de movimientos con destino al circuito Unión Eropea (UE), por el término de cuatro años, para solicitar la reinscripción y reanudar los movimientos en dicho circuito, los productores que exploten el predio deben efectuar la declaración de todos los dispositivos de identificación individual existentes en el predio”.