Se espera que PAMI empiece 2026 con cambios en la cobertura de medicamentos.
Luego de los cambios en cobertura y prestaciones que anunció PAMI a fines de 2024, el organismo prevé iniciar el 2026 con nuevos cambios. Estos alcanzarían a la cobertura de la prestación de medicamentos y también modificarían el sistema en que se hacen los reintegros. El objetivo es ordenar el destino de los recursos del Instituto, lo que podría afectar los tratamientos de los afiliados.
El destino de PAMI y de sus fondos se plantea como un futuro incierto y más desalentador que prometedor. Las previsiones indican que el organismo podría continuar generando un déficit, pero no se descarta la posibilidad de una recuperación económica. Esta situación podría mejorar los ingresos del Instituto y, consecuentemente, su oferta de prestaciones.
Qué medicamentos mantienen la cobertura de PAMI
La cobertura para jubilados y pensionados afiliados a PAMI continuará siendo del 100% para tratamientos esenciales o de alta complejidad. Entre estos se encuentran los de diabetes, VIH, cáncer, hemofilia, hepatitis B y C, trasplantes e insuficiencia renal. Los prestatarios deberán cumplir con algunos requisitos indicados por el organismo para poder percibir sus beneficios.
Los medicamentos recetados para patologías menos severas, en cambio, tendrán una cobertura entre el 40% y el 60%. Los afiliados deberán conseguirlos en las farmacias y se hará un reintegro correspondiente a cada caso. Es esencial que se realicen los chequeos médicos periódicos para que los profesionales de la salud puedan continuar autorizando los medicamentos que corresponden a cada paciente.
Quiénes tendrán cobertura de PAMI
Hasta ahora rigen las últimas medidas anunciadas en 2024. Para percibir las prestaciones, los afiliados deberán:
- Tener ingresos que no superen 1.5 jubilaciones mínimas –o hasta tres haberes cuando hay una persona con discapacidad en el hogar–.
- No poseer afiliación simultánea a un servicio de medicina prepaga.
- Contar con un solo inmueble, no tener vehículos con menos de 15 años de antigüedad y no registrar bienes de lujo.





















