30 Enero 2004
VIGILANCIA. En el país no se detectaron casos de “gripe de los pollos”.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) informa que la República Argentina está reconocida internacionalmente como libre de Influenza Aviar Altamente Patógena -conocida como "gripe de los pollos"-, debido a que no se han detectado casos ni sospechas en el territorio nacional.
El organismo sanitario tiene en ejecución, en forma permanente, un programa de prevención en el marco del Plan Nacional de Mejora Avícola, con el objetivo de que conservar ese estatus, asegurando la sanidad y la calidad de los productos aviares para el consumo interno y la exportación.
En ese marco, no se permite la importación de aves vivas ni productos avícolas frescos de países que declaren en su territorio la ocurrencia de la enfermedad.
Se debe tener en cuenta que el contagio de la enfermedad se produce, fundamentalmente, de animal vivo a ser humano en el marco de una estrecha convivencia doméstica, como se da en los países asiáticos, hoy afectados por el virus.
En el continente americano nunca no se han registrado casos de influenza aviar desde Costa Rica hasta la República Argentina, con la excepción de un brote en un establecimiento ubicado en Chile, en abril de 2002, el cual fue rápidamente eliminado con el sacrificio de las aves.
En la Argentina a través del programa que implementa el SENASA -auditado y reconocido por la Unión Europea y el servicio sanitario de Estados Unidos- se realizan tareas de vigilancia pasiva. Cualquier sospecha es de notificación obligatoria, brindándose capacitación a los veterinarios del servicio para la detección y el manejo de posibles casos. Y tareas de vigilancia activa, a través de un muestreo que mide el análisis de riesgo de introducción de la enfermedad año a año, para lo cual se extraen muestras de aves de producción industrial, de producción familiar, silvestres y todas las aves vivas que se importen.
El programa también contempla la realización de pruebas serológicas sobre todas las aves vivas importadas que ingresan al país y todas aquellas que se muestrean en el marco de la vigilancia activa.
Además, todas las aves que se importan están sujetas a cuarentena y son sometidas a controles clínicos y serológicos.
La Resolución del SENASA Nº 1078/99 establece las medidas a tomar en caso de sospecha o confirmación de focos de "influenza aviar", las cuales abarcan: la prohibición de movimiento y aislamiento de las aves afectadas; el sacrificio obligatorio "in situ" de todas las aves afectadas o positivas a las pruebas de laboratorio; la despoblación del o de los establecimientos afectados; la limpieza y desinfección del o de los establecimientos afectados; la vigilancia epidemiológica activa en todos los establecimientos de la zona del foco y de la zona de vigilancia; el seguimiento epidemiológico y la comunicación inmediata a los países que comercian con Argentina y a la Organización Mundial de Salud Animal (OIE).
El organismo sanitario tiene en ejecución, en forma permanente, un programa de prevención en el marco del Plan Nacional de Mejora Avícola, con el objetivo de que conservar ese estatus, asegurando la sanidad y la calidad de los productos aviares para el consumo interno y la exportación.
En ese marco, no se permite la importación de aves vivas ni productos avícolas frescos de países que declaren en su territorio la ocurrencia de la enfermedad.
Se debe tener en cuenta que el contagio de la enfermedad se produce, fundamentalmente, de animal vivo a ser humano en el marco de una estrecha convivencia doméstica, como se da en los países asiáticos, hoy afectados por el virus.
En el continente americano nunca no se han registrado casos de influenza aviar desde Costa Rica hasta la República Argentina, con la excepción de un brote en un establecimiento ubicado en Chile, en abril de 2002, el cual fue rápidamente eliminado con el sacrificio de las aves.
En la Argentina a través del programa que implementa el SENASA -auditado y reconocido por la Unión Europea y el servicio sanitario de Estados Unidos- se realizan tareas de vigilancia pasiva. Cualquier sospecha es de notificación obligatoria, brindándose capacitación a los veterinarios del servicio para la detección y el manejo de posibles casos. Y tareas de vigilancia activa, a través de un muestreo que mide el análisis de riesgo de introducción de la enfermedad año a año, para lo cual se extraen muestras de aves de producción industrial, de producción familiar, silvestres y todas las aves vivas que se importen.
El programa también contempla la realización de pruebas serológicas sobre todas las aves vivas importadas que ingresan al país y todas aquellas que se muestrean en el marco de la vigilancia activa.
Además, todas las aves que se importan están sujetas a cuarentena y son sometidas a controles clínicos y serológicos.
La Resolución del SENASA Nº 1078/99 establece las medidas a tomar en caso de sospecha o confirmación de focos de "influenza aviar", las cuales abarcan: la prohibición de movimiento y aislamiento de las aves afectadas; el sacrificio obligatorio "in situ" de todas las aves afectadas o positivas a las pruebas de laboratorio; la despoblación del o de los establecimientos afectados; la limpieza y desinfección del o de los establecimientos afectados; la vigilancia epidemiológica activa en todos los establecimientos de la zona del foco y de la zona de vigilancia; el seguimiento epidemiológico y la comunicación inmediata a los países que comercian con Argentina y a la Organización Mundial de Salud Animal (OIE).
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