A casi cuatro años del crimen del juez Aráoz, dan la libertad a Ema Gómez

Un tribunal determinó el cese de la prisión preventiva para la ex policía y para Darío Pérez, el otro imputado. Los miembros de la sala consideraron que el exceso en los plazos de detención son "un atentado contra el estado de derecho".

ENCIERRO PROLONGADO. Luego de pasar varios años en la Cárcel de la Mujer por el crimen del juez, Ema Gómez esperará el juicio en libertad. LA GACETA / JORGE OLMOS SGROSSO ENCIERRO PROLONGADO. Luego de pasar varios años en la Cárcel de la Mujer por el crimen del juez, Ema Gómez esperará el juicio en libertad. LA GACETA / JORGE OLMOS SGROSSO
22 Noviembre 2008

Desde hace 1.455 días permanece detrás de una reja. Tiene dos hijos a quienes no puede ver cuando quiere. Y, cuando los recibe, siempre es en un ámbito inapropiado. Por eso, la noticia que recibió ayer debe haber sido un como un bálsamo. A cinco días del cuarto aniversario del asesinato del juez de Menores Héctor Agustín Aráoz, la Justicia determinó que la ex agente de Policía Ema Hortencia Gómez, sindicada como autora material del homicidio, recupere la libertad. En la misma resolución, los integrantes de la Sala I de la Cámara Penal otorgaron idéntico beneficio para el ex oficial de Policía Gustavo Darío Pérez, imputado del mismo delito.
A pesar de que desde hace dos años los defensores vienen pidiendo la libertad de los acusados, tanto el juez de Instrucción Juan Francisco Pisa como los miembros de la Cámara de Apelaciones, e incluso los integrantes de la Corte Suprema de Justicia, siempre denegaron los planteos. Los plazos se aceleraron cuando la causa fue sorteada y recayó en la Sala I, a disposición de cuyos integrantes, Pedro Roldán Vázquez, Carlos Ernesto Norry y Julio Espíndola Aráoz quedaron tanto Gómez como Pérez. Su situación era la más preocupante ya que los otros sospechosos, el ex comisario Rodolfo Domínguez, el ex oficial Andrés Faversani y el oficial Raúl Albornoz están en libertad. A estos últimos se les imputan los delitos de encubrimiento agravado e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Los jueces, cuando se hicieron cargo del voluminoso expediente (22 cuerpos), recibieron el pedido de cese de prisión presentado por el abogado de Gómez, Mario Mirra, y de Pérez, Gustavo Morales. Antes de decidir, solicitaron la opinión del fiscal de Cámara Edmundo Botto (Manuel López Rougés se había inhibido de actuar), quien dictaminó que los plazos legales de la prisión preventiva se habían accedido, por lo que se debía acceder a la solicitud.
En la resolución, los camaristas no abundaron en detalles. A lo largo de poco más de cuatro carillas dejaron en claro que la situación que estaban viviendo los detenidos estaba reñida con lo que marca la ley. Al referirse a los límites legales de la prisión preventiva (artículo 233, inciso 3 del Código Procesal Penal), fijado en dos años, los jueces consideraron que esta legislación "busca proteger el derecho de toda persona a no ser sometido a una pena de encarcelamiento sin que medie una previa condena firme", según reza el escrito al cual tuvo acceso LA GACETA. A la vez, los magistrados expusieron que el abuso de la prisión preventiva constituye "un verdadero atentado contra el estado de derecho". "Las autoridades estatales, en vez de buscar remedio a los reclamos sociales de justicia trasformando un encarcelamiento excepcional (...) en una verdadera pena anticipada, debemos abocarnos a analizar las carencias y las causas de las demoras en los procesos judiciales", se lee en uno de los párrafos más críticos del texto firmado por los magistrados.

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