25 Enero 2013
La Justicia frena una sanción contra arquitectos vinculados con el hotel de Zermoglio
La Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo frenó cautelarmente la suspensión de la matrícula durante un año dispuesta por el Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio de Arquitectos de Tucumán. Los profesionales habían intervenido en la concepción y aprobación municipal de la obra sobre la que pesa una orden de demolición.
OBRA DE LA DISCORDIA. El Embajador del Tafí está ubicado sobre Miguel Critto, en el acceso a la villa turística principal de la provincia. El hotel iba a tener 40 habitaciones y cuatro estrellas, y su inauguración estaba prevista para 2009. FOTO DIEGO ARáOZ (ESPECIAL PARA LA GACETA)
La sanción aplicada a los arquitectos que formularon y aprobaron el anteproyecto del controvertido hotel Embajador del Tafí quedó paralizada por decisión de la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. Dicho tribunal frenó provisoriamente la suspensión anual de la matrícula que en febrero de 2012 dispuso el Tribunal de Ética y Disciplina (TEyD) del Colegio de Arquitectos de Tucumán.
La medida cautelar fue dictada en agosto por la vocal Ebe López Piossek (integra la Sala III junto al magistrado Sergio Gandur) a instancias de uno de los profesionales afectados por la sanción. LA GACETA mantiene en reserva la identidad de los profesionales implicados en el caso debido a que la resolución del TEyD incluye la orden de publicitar la sanción y a que este aspecto fue específicamente cuestionado en los Tribunales.
La cautelar de López Piossek menciona que el arquitecto en cuestión pidió a los Tribunales que anulen los actos que impusieron la punición y la confirmaron. Añade que el Consejo Directivo del Colegio (entonces presidido por Juan Ramazzotti) elevó de oficio al TEyD los antecedentes periodísticos sobre el Embajador del Tafí, cuyo dueño, Jesús Luis Zermoglio, había obtenido un permiso de obra en enero de 2008. Según el demandante, el Consejo previamente había desestimado una denuncia presentada por el ex intendente tafinisto Carlos Rodríguez en septiembre de 2009. También expresó que no pudo conocer las faltas éticas que se le imputaban; que hubo omisión de fundamentos y que aquello vició el procedimiento.
La suspensión anual del ejercicio de la arquitectura es la segunda sanción en cuanto a gravedad prevista en la Ley 5.944, que creó el Colegio (después de ella viene la cancelación de la matrícula). El TEyD está facultado para sancionar a los colegiados que incurran en actos que comprometan la ética de la profesión. La Ley 5.944 califica de falta grave a la inconducta profesional, gremial o cívica notoria.
Todo en la III
"Si bien en el caso se advierte la existencia de numerosas vicisitudes sucedidas en el trámite de las actuaciones previas al dictado de la resolución del TEyD, cuyo significado deberá examinarse al resolver y sentenciarse la cuestión de fondo, la circunstancia de que ya se encuentre pendiente de ejecución la resolución sancionatoria (...) lleva a considerar que, por prudencia, corresponde hacer lugar a la cautelar solicitada por el actor", expresó la vocal López Piossek.
La Sala III también detuvo cautelarmente la ejecución de la demolición del hotel, ordenada en diciembre por Jorge Yapura Astorga, quien es intendente de Tafí desde agosto de 2011. Emilia "Lita" Gómez de Zermoglio, madre de Jesús Luis Zermoglio, había pedido la medida que el juez Gandur concedió este 15 de enero. Con posterioridad, la Municipalidad objetó la cautelar con el argumento de que la mujer no estaba legitimada para actuar en el pleito puesto que es su hijo el titular del Embajador del Tafí, según el expediente municipal. El martes pasado, Gandur amplió la medida cautelar respecto de Jesús Luis Zermoglio.
El conflicto entre los propietarios del establecimiento (en la capital gestionan el hotel Embajador) y el Municipio se remonta a septiembre de 2008, cuando Guillermo Gray, funcionario entonces a cargo de Obras y Servicios Públicos de Tafí, suspendió el permiso para construir que había firmado en enero de aquel año. A partir de allí comenzaron las objeciones (ver "Las críticas municipales...") y clausuras que desembocaron en la decisión de derribar la obra que supuestamente transgrede las ordenanzas en vigor. En 2010, el gobernador José Alperovich se pronunció a favor de la continuidad del proyecto y ordenó al intendente Rodríguez que lo habilitase.
La medida cautelar fue dictada en agosto por la vocal Ebe López Piossek (integra la Sala III junto al magistrado Sergio Gandur) a instancias de uno de los profesionales afectados por la sanción. LA GACETA mantiene en reserva la identidad de los profesionales implicados en el caso debido a que la resolución del TEyD incluye la orden de publicitar la sanción y a que este aspecto fue específicamente cuestionado en los Tribunales.
La cautelar de López Piossek menciona que el arquitecto en cuestión pidió a los Tribunales que anulen los actos que impusieron la punición y la confirmaron. Añade que el Consejo Directivo del Colegio (entonces presidido por Juan Ramazzotti) elevó de oficio al TEyD los antecedentes periodísticos sobre el Embajador del Tafí, cuyo dueño, Jesús Luis Zermoglio, había obtenido un permiso de obra en enero de 2008. Según el demandante, el Consejo previamente había desestimado una denuncia presentada por el ex intendente tafinisto Carlos Rodríguez en septiembre de 2009. También expresó que no pudo conocer las faltas éticas que se le imputaban; que hubo omisión de fundamentos y que aquello vició el procedimiento.
La suspensión anual del ejercicio de la arquitectura es la segunda sanción en cuanto a gravedad prevista en la Ley 5.944, que creó el Colegio (después de ella viene la cancelación de la matrícula). El TEyD está facultado para sancionar a los colegiados que incurran en actos que comprometan la ética de la profesión. La Ley 5.944 califica de falta grave a la inconducta profesional, gremial o cívica notoria.
Todo en la III
"Si bien en el caso se advierte la existencia de numerosas vicisitudes sucedidas en el trámite de las actuaciones previas al dictado de la resolución del TEyD, cuyo significado deberá examinarse al resolver y sentenciarse la cuestión de fondo, la circunstancia de que ya se encuentre pendiente de ejecución la resolución sancionatoria (...) lleva a considerar que, por prudencia, corresponde hacer lugar a la cautelar solicitada por el actor", expresó la vocal López Piossek.
La Sala III también detuvo cautelarmente la ejecución de la demolición del hotel, ordenada en diciembre por Jorge Yapura Astorga, quien es intendente de Tafí desde agosto de 2011. Emilia "Lita" Gómez de Zermoglio, madre de Jesús Luis Zermoglio, había pedido la medida que el juez Gandur concedió este 15 de enero. Con posterioridad, la Municipalidad objetó la cautelar con el argumento de que la mujer no estaba legitimada para actuar en el pleito puesto que es su hijo el titular del Embajador del Tafí, según el expediente municipal. El martes pasado, Gandur amplió la medida cautelar respecto de Jesús Luis Zermoglio.
El conflicto entre los propietarios del establecimiento (en la capital gestionan el hotel Embajador) y el Municipio se remonta a septiembre de 2008, cuando Guillermo Gray, funcionario entonces a cargo de Obras y Servicios Públicos de Tafí, suspendió el permiso para construir que había firmado en enero de aquel año. A partir de allí comenzaron las objeciones (ver "Las críticas municipales...") y clausuras que desembocaron en la decisión de derribar la obra que supuestamente transgrede las ordenanzas en vigor. En 2010, el gobernador José Alperovich se pronunció a favor de la continuidad del proyecto y ordenó al intendente Rodríguez que lo habilitase.
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