"Son bromas el 65% de los llamados al 107"

Gassenbauer defendió su idea de agregar una nueva contravención. Andhes cuestionó que se agreguen penas. La Corte de la Nación dijo en 2010 que el Código de Contravenciones va contra la Constitución. "Sé que la ley debe ser renovada"

DEL PJ. Gassenbauer no cree que el texto se trate en la próxima sesión.  DEL PJ. Gassenbauer no cree que el texto se trate en la próxima sesión.
01 Junio 2013

Ha generado polémica el proyecto de ley oficialista que busca penalizar -a través de una modificación al inconstitucional Código de Contravenciones Policiales- a quienes llamen a servicios telefónicos de emergencias para hacer falsas denuncias. Por eso el autor de la iniciativa, Guillermo Gassenbauer (PJ), salió a aclarar que entiende la necesidad de renovar la norma que regula las faltas sociales en la provincia. Pero destacó que su propuesta servirá para que, a corto plazo, no se perjudiquen las tareas que desarrollan la Policía, Defensa Civil y Bomberos.

"De los 55.000 llamados que recibe por mes el servicio de Emergencias Médicas al número 107, el 65% son realizados por personas maliciosas o 'bromistas'. Sólo el 8% corresponde, efectivamente, a una denuncia real por accidentes. Y el resto de las comunicaciones son para realizar consultas", explicó el legislador ultraalperovichista. Aseveró que hasta tanto se arribe a un acuerdo sobre una eventual reforma a la Ley de Contravenciones Policiales, multar las falsas alarmas puede ser una solución. "Es un problema que tenemos, y si no hacemos nada, al no tener sanción este tipo de conductas pone en riesgo la vida de las personas. Si una ambulancia va a atender un falso llamado, un herido se puede ver privado de este servicio. Así, todo el esfuerzo del área de Salud queda estéril porque alguien quería molestar", agregó.

El 5 de octubre de 2010, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) entendió en el caso "Núñez", un joven que en 2004 había sido arrestado en el barrio Juan XXIII (conocido como "La Bombilla"). La Policía lo sancionó con dos días de arresto, basándose en el artículo 15 del Código de Contravenciones Policiales (Ley Nº 5.140): disturbios en la vía pública.

El alto tribunal entendió que el proceso contravencional no está en condiciones de satisfacer el estándar constitucional mínimo. "Una detención preventiva de 48 horas, producida en el marco de un procedimiento contravencional tramitado ante la autoridad policial y sin intervención judicial ni notificación necesaria a terceros, no puede ser legitimada sin más ni más", apuntó la CSJN.

La Ley Nº 5.140, creada durante la última dictadura militar, no ha sido modificada, pese a las observaciones del alto tribunal. Pero el martes, Gassenbauer (con el aval de casi una veintena de oficialistas) presentó un proyecto para incorporar un artículo a esa norma con el fin de multar a "bromistas".

Las penas previstas implican una multa mínima, equivalente a diez veces el valor de la última factura de teléfono de la línea, y como máximo lo que determine el juez; y además hasta un mes de suspensión del servicio de comunicación, aunque la sanción puede durar dos años en caso de reincidencia.

"Este es un pedido de Emergentología. Entendemos que existe la necesidad de ser bastante severos; se va a tratar los primeros casos como ejemplo, porque queremos que el 911 empiece con el pie derecho y puedan utilizarse los recursos para el bien de la comunidad", afirmó ayer el legislador, hijo del ministro de Seguridad Ciudadana, Jorge Gassenbauer.

Luego destacó que el juez competente tendrá la potestad para resolver las multas máximas. Y ante una consulta de este diario, indicó que si es reincidente, puede recibir un arresto de hasta 30 días.

Aunque hoy al rol de juez de faltas sociales lo ejerce el jefe de Policía, comisario Jorge Racedo, Gassenbauer sostuvo que la idea es avanzar en el mediano o corto plazo con el nombramiento de los jueces y fiscales contravencionales.

"Sé que el Código de Contravenciones Policiales debe ser renovado. De hecho, hay unos 18 proyectos de ley diferentes con ese objetivo. Pero hasta que nos pongamos de acuerdo, este artículo (las multas para 'bromistas') puede ser una solución para el problema de las falsas alarmas", añadió el portavoz de Casa de Gobierno.

¿Cambio de planes?

El año pasado, Gerónimo Vargas Aignasse, presidente de la comisión de Seguridad y Justicia, inició una serie de charlas con diferentes sectores, con el fin de arribar a un acuerdo a la hora de modificar la Ley de Contravenciones. Hubo incontables reuniones, pero al final la iniciativa se diluyó. Sin embargo, el ex diputado -que en ocasiones ha confrontado en el recinto con Gassenbauer, su compañero de bancada- subrayó que la intervención del Ministerio de Seguridad Ciudadana puede despejar el camino hacia la reforma.

"Creo que (esa cartera) debería mandar un proyecto de reforma que se adecue a su política de seguridad, y que nos dé un marco de referencia a los legisladores para avanzar", dijo Vargas Aignasse. Además, valoró que se busque reprochar la conducta de los "bromistas" telefónicos. "Lo negativo es que acentúa la deuda que hoy tenemos como parlamento y como Gobierno en seguir legitimando una ley declarada inconstitucional por la CSJN -sostuvo Vargas Aignasse-. El jefe de Policía se convierte en juez al aplicar sanciones, revistiendo un doble estándar netamente anticonstitucional (acusa y sanciona), y más en este momento en que la fuerza ha perdido credibilidad y confianza en la sociedad".

Exigen la revisión de la cuestión de fondo

La ONG Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (Andhes) impulsó hasta las últimas instancias el expediente de la causa "Núñez" que, en octubre de 2010, obtuvo un fallo histórico de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). Aunque el alto tribunal marcó la inconstitucionalidad del proceso, los letrados observaron que en estos años no se ha modificado la norma. Y, ante la propuesta del oficialismo de instaurar más penas al código de faltas sociales de la provincia, el organismo expresó su profunda preocupación.

La coordinadora del equipo de Seguridad y DDHH, Lucía Doz Costa, recordó las convocatorias que realizó la Legislatura el año pasado con el supuesto fin de escuchar a diferentes actores sociales para reformar la Ley Nº 5.140. "Sabiendo que los legisladores, tanto oficialistas como opositores, están al tanto de la declaración de inconstitucionalidad que pesa sobre esa ley, consideramos inadmisible que hoy se pretenda modificarla agregándole un artículo que prevé una nueva conducta (reprochable)", expresó Doz Costa. La integrante de Andhes criticó que se haga oídos sordos a las cuestiones de fondo, que resultan ser el foco del problema en la ley, y que siguen intactas en la actualidad. "Sólo para nombrar algunas de las graves fallas que subsisten: falta la intervención de un juez; se violan garantías constitucionales; falta claridad y legalidad en el procedimiento y en las conductas contravencionales; y se criminaliza la pobreza y la protesta, entre muchas otras nefastas consecuencias de la aplicación de esta norma", agregó.

Doz Costa comentó que el debate iniciado el año pasado para reformar la ley hubiese sido una buena oportunidad para consumar la actualización. "Resultó ser una formalidad para pretender legitimar una reforma que nunca se hizo", lamentó.

El objetivo.- La iniciativa, firmada por Guillermo Gassenbauer, Carolina Vargas Aignasse y Marcelo Caponio, entre otros alperovichistas, busca añadir un artículo a la Ley de Contravenciones para dictar severas multas a quienes den falsas alarmas a números de emergencia, como el 911. La sanción será para el titular de la línea que provocare o intentare provocar sin causa fundada la concurrencia de la Policía, de Bomberos, Defensa Civil, entre otros.

Trámites obligatorios.- El titular del servicio de emergencia (Policía, Bomberos, etcétera) deberá comunicar al juez competente la comisión de la infracción. La penas van de 10 veces el valor de la última factura telefónica; a un tope que dispone el juez (en este caso, el jefe de Policía). Según el autor del texto, se contempla la suspensión de las líneas, y los reincidentes pueden ser arrestados.

Entes.- Cuando la falsa alarma provenga de una línea fija y su titular sea una institución pública o privada, el juez resolverá de acuerdo a la sana crítica y al bienestar general.

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El caso "Núñez"

En 2004, un joven de apellido Núñez fue arrestado en el barrio Juan XXIII tras una pelea, luego de un partido de fútbol.

La Policía aplicó la Ley de Contravenciones, y Núñez permaneció en arresto dos días sin la actuación de un juez. Andhes elevó la queja a la Justicia.

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La Provincia defendió el proceso. La pugna judicial llegó a la Corte de la Nación, que le dio la razón a Núñez al reprochar la detención.



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