05 Junio 2013
FRENO. Heiland suspendió el artículo 2 de la ley 26.855. TELAM
BUENOS AIRES.- La jueza en lo Contencioso Administrativo Federal Liliana Heiland suspendió ayer por seis meses las elecciones populares de miembros del Consejo de la Magistratura de la Nación y su nueva composición de 19 integrantes. La polémica norma ya había sido objetada por magistrados de Mar del Plata y San Nicolás días atrás.
La jueza hizo lugar a un pedido de la agrupación de abogados "Será Justicia" y decretó la suspensión de la ley por seis meses "y/o hasta que decida la cuestión de fondo, si fuese anterior en el tiempo".
Heiland suspendió el artículo 2 de la ley 26.855, que establece la nueva integración de 13 a 19 consejeros, y los artículos 4, 18 y 30 que fijan la elección popular de los representantes de los jueces, abogados y académicos en listas políticas y la convocatoria a comicios.
Lo mismo hizo con el decreto 577/13 del Poder Ejecutivo que convocó a elecciones de consejeros para el próximo 11 de agosto.
La magistrada hizo referencia en su fallo, sobre "el estrechísimo margen temporal fijado para la conformación de alianzas". Agregó además que la nueva ley "generaliza una incidencia política partidaria que, insisto, prima facie y de entrada, se opone, al menos, al referido art. 114 de la Constitución Nacional". (DyN)
La jueza hizo lugar a un pedido de la agrupación de abogados "Será Justicia" y decretó la suspensión de la ley por seis meses "y/o hasta que decida la cuestión de fondo, si fuese anterior en el tiempo".
Heiland suspendió el artículo 2 de la ley 26.855, que establece la nueva integración de 13 a 19 consejeros, y los artículos 4, 18 y 30 que fijan la elección popular de los representantes de los jueces, abogados y académicos en listas políticas y la convocatoria a comicios.
Lo mismo hizo con el decreto 577/13 del Poder Ejecutivo que convocó a elecciones de consejeros para el próximo 11 de agosto.
La magistrada hizo referencia en su fallo, sobre "el estrechísimo margen temporal fijado para la conformación de alianzas". Agregó además que la nueva ley "generaliza una incidencia política partidaria que, insisto, prima facie y de entrada, se opone, al menos, al referido art. 114 de la Constitución Nacional". (DyN)