Salta: La Justicia ordena a la obra social pública que cubra una fertilización in vitro

Un juez respondió al amparo presentado por una mujer que padece infertilidad. El magistrado fijó que Instituto Provincial de Salud deberá autorizar hasta tres intentos de ese tratamiento.

04 Julio 2013
SALTA.- El juez de Instrucción en Transición de Segunda Nominación, Pablo Arancibia, ordenó al Instituto Provincial de Salud de Salta autorizar, garantizar y cubrir los gastos que por todo concepto demande el tratamiento de fertilización in vitro (FIV) de una mujer.

El tratamiento deberá ser practicado por el médico que la mujer elija y en el establecimiento que indique como apto, en tres oportunidades sucesivas. Vale decir, en el caso de resultar negativo en el primer intento, deberá brindarle igual cobertura para una segunda fertilización y de fracasar ésta, una tercera.

La decisión fue adoptada por el juez en un amparo presentado por una mujer que padece infertilidad y es afiliada individual de la obra social. La obra social adujo que la mujer firmó una declaración jurada y un cuestionario donde se excluía expresamente la cobertura de tratamientos o intervenciones quirúrgicas para la infertilidad.

En su resolución, el juez realizó consideraciones sobre el status jurídico del embrión y la fijación o no de límites al número de fecundaciones e implantaciones. Para ello, en el trámite se logró el testimonio de especialistas en Medicina Reproductiva.

También citó fallos de la Corte Interamericana de 2012 y de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, según publicó el Centro de Información Judicial (CIJ.gov.ar)

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