04 Julio 2013
SALTA.- El juez de Instrucción en Transición de Segunda Nominación, Pablo Arancibia, ordenó al Instituto Provincial de Salud de Salta autorizar, garantizar y cubrir los gastos que por todo concepto demande el tratamiento de fertilización in vitro (FIV) de una mujer.
El tratamiento deberá ser practicado por el médico que la mujer elija y en el establecimiento que indique como apto, en tres oportunidades sucesivas. Vale decir, en el caso de resultar negativo en el primer intento, deberá brindarle igual cobertura para una segunda fertilización y de fracasar ésta, una tercera.
La decisión fue adoptada por el juez en un amparo presentado por una mujer que padece infertilidad y es afiliada individual de la obra social. La obra social adujo que la mujer firmó una declaración jurada y un cuestionario donde se excluía expresamente la cobertura de tratamientos o intervenciones quirúrgicas para la infertilidad.
En su resolución, el juez realizó consideraciones sobre el status jurídico del embrión y la fijación o no de límites al número de fecundaciones e implantaciones. Para ello, en el trámite se logró el testimonio de especialistas en Medicina Reproductiva.
También citó fallos de la Corte Interamericana de 2012 y de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, según publicó el Centro de Información Judicial (CIJ.gov.ar)
El tratamiento deberá ser practicado por el médico que la mujer elija y en el establecimiento que indique como apto, en tres oportunidades sucesivas. Vale decir, en el caso de resultar negativo en el primer intento, deberá brindarle igual cobertura para una segunda fertilización y de fracasar ésta, una tercera.
La decisión fue adoptada por el juez en un amparo presentado por una mujer que padece infertilidad y es afiliada individual de la obra social. La obra social adujo que la mujer firmó una declaración jurada y un cuestionario donde se excluía expresamente la cobertura de tratamientos o intervenciones quirúrgicas para la infertilidad.
En su resolución, el juez realizó consideraciones sobre el status jurídico del embrión y la fijación o no de límites al número de fecundaciones e implantaciones. Para ello, en el trámite se logró el testimonio de especialistas en Medicina Reproductiva.
También citó fallos de la Corte Interamericana de 2012 y de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, según publicó el Centro de Información Judicial (CIJ.gov.ar)
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