Aplican Ganancias a la triangulación de exportaciones

Recargo para operaciones en paraísos fiscales.

08 Enero 2014
BUENOS AIRES.- La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aplicará una percepción adicional del impuesto a las Ganancias a la triangulación de exportaciones, que tendrá una alícuota superior cuando se trate de operaciones en donde el domicilio del comprador de las mercaderías corresponda a un paraíso fiscal.

A través de la Resolución General 3577, publicada ayer en el Boletín Oficial, se dispuso la creación de un régimen de percepción en el impuesto a las Ganancias aplicable a las operaciones de exportación definitiva para consumo, en donde se verifique que los países de destino físico de la mercadería difieren de los países o jurisdicciones donde se encuentran domiciliados los sujetos del exterior a quienes se le facturaron esas operaciones.

“El importe a percibir se calculará por cada operación de exportación, mediante la aplicación de una alícuota de un 0,50% sobre el valor imponible definido para la liquidación de los tributos aduaneros”, indicó el texto de la norma firmada por el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.

Además, se especificó que cuando las facturas de exportación se emitan a nombre de sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en países, dominios, jurisdicciones, territorios y estados asociados no cooperadores a los fines de la transparencia fiscal, a la alícuota mencionada se le adicionará un 1,5%.

Según la norma, el agente de percepción de ese gravamen será la Dirección General de Aduanas (DGA) y esa percepción no será computable en la determinación de los anticipos del impuesto a las Ganancias. También se estimó conveniente disponer un régimen de percepción en el impuesto a las Ganancias, aplicable a las operaciones de exportación definitiva para consumo que efectúen los contribuyentes y/o responsables, respecto de las cuales la AFIP detecte la existencia de triangulación.

“La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) opina que (ese tipo de operaciones, denominadas como esquemas de planificación fiscal) constituyen problemas graves de equidad y disciplina tributaria y provocan pérdidas en la recaudación tributaria”, detalló el texto.

También contempló la necesidad de tomar “medidas más profundas y adecuadas para abordar los distintos aspectos del problema que pone en juego la integridad del impuesto a las Ganancias”, para evitar que algunos contribuyentes que desarrollan actividades con el exterior obtengan mayores ventajas competitivas respecto de las empresas que desarrollan actividades a nivel nacional. (DyN)

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