En 16 meses, la absolución se volvió condena

El fallo fue compartido por los camaristas Ibáñez y Juárez. En disidencia se pronunció Páez de la Torre Sentencia diferente a la de 2012. El “Chenga” Gómez y su hermano Gonzalo, condenados de 22 años en prisión

A LA CARCEL. Gonzalo Gómez (remera rayada) y Pascual Andrada (con el crucifijo en una mano) encabezan la caminata que terminará en Villa Urquiza. la gaceta / fotos de farnco vera - jorge olmos sgrosso A LA CARCEL. Gonzalo Gómez (remera rayada) y Pascual Andrada (con el crucifijo en una mano) encabezan la caminata que terminará en Villa Urquiza. la gaceta / fotos de farnco vera - jorge olmos sgrosso
09 Abril 2014
Resignados. Así se mostraron los 10 condenados por el secuestro y promoción de la prostitución de María de los Ángeles “Marita” Verón. Desde que llegaron al Palacio de Justicia el lunes a la mañana sólo mostraron resignación. Y esa sensación transmitieron sus rostros cuando ayer el secretario de Cámara Carlos Lix Klett leyó las penas que habían resuelto los jueces.

La decisión fue tomada con motivo de la sentencia que en diciembre de 2013 había dictado la Corte Suprema de Justicia de la provincia. El cuerpo había declarado la responsabilidad penal de 10 personas en la desaparición de “Marita”, y había excluido del proceso a los hermanos María Jesús y Víctor Rivero, quienes habían sido absueltos en 2012. También declaró extinguida la acción penal en contra de Irma Lidia Medina, que murió en febrero del año pasado.

Los máximos responsables

El veredicto de ayer fue dictado por los camaristas Dante Ibáñez y Juana Juárez, con el voto en disidencia de Emilio Páez de la Torre. Los jueces condenaron a los mellizos José Fernando “Chenga” y Gonzalo José Gómez a la pena de 22 años de prisión. De esa manera, les adjudicaron la mayor responsabilidad en la privación de la libertad de “Marita”. Los hermanos eran los propietarios de los prostíbulos.

Los otros coautores del delito de retención y ocultamiento agravado para el ejercicio de la prostitución, Daniela Milhein y Alejandro González, fueron condenados a 18 años de prisión. De acuerdo a la sentencia de la Corte, tuvieron a “Marita” en casas del barrio Feput y de Yerba Buena, hasta que la trasladaron a La Rioja para su explotación sexual.

El resto de los imputados habían sido declarados partícipes necesarios del delito. Los camaristas Ibáñez y Juárez distinguieron la participación que tuvieron cada uno en el secuestro de Marita, y eso quedó demostrado en las penas impuestas.

Carlos Alberto Luna y Domingo Pascual Andrada fueron condenados a 17 años de prisión. El primero de ellos era la mano derecha de Medina en el manejo de los prostíbulos, e incluso se ocupaba de reclutar mujeres. Andrada, en tanto, era agente de la Policía de La Rioja y habría sido la persona que avisaba cuando se estaban por realizar los allanamientos para que escondieran a las menores de edad. La participación de ambos fue central, según los jueces, para que “Marita” estuviera retenida en los burdeles.

“Doña Claudia”, como era conocida María Azucena Márquez en los prostíbulos, recibió una condena de 15 años de prisión. Hija de crianza de Medina, se habría encargado de cambiarle la fisonomía a “Marita” haciendo que le tiñeran el pelo y que le colocaran lentes de contacto de color.

Márquez fue la primera en ser retirada ayer de tribunales por la división Trata de Personas de la Policía tucumana, ya que también está detenida por la Justicia Federal de Catamarca en una causa por transporte de drogas.

El encargado de “Desafío” (el primer prostíbulo en el que “Marita” fue obligada a prostituirse, según dijeron las testigos en el juicio) Humberto Juan Derobertis, fue condenado a 12 años de prisión. Las penas más bajas (10 años) las recibieron Mariana Natalia Bustos (ex pareja de “Chenga) y Cynthia Paola Gaitán (concubina de Luna).

Las prisiones

Los camaristas Ibáñez y Juárez dividieron en tres grupos las prisiones preventivas que constituyeron sobre los condenados, hasta que la sentencia quede definitiva.

El primer lote lo integraron los que ya cumplieron el plazo máximo que establece el Código Procesal Penal para que una persona esté detenida sin condena. Ellos son “Chenga” Gómez, Milhein, González, Luna, Andrada, Derobertis y Márquez, que ya estuvieron más de dos años detenidos durante los primeros años de la instrucción. El tribunal les impondrá una caución, la que una vez cumplida les permitirá quedar libres hasta que quede firme la sentencia.

El segundo grupo lo compusieron Gonzalo Gómez y Bustos que deberán cumplir la prisión preventiva de dos años, ya que estuvieron detenidos pocos días en 2003.

En el tercero, quedó Gaitán quien tendrá prisión domiciliaria por 15 días, hasta que la Defensoría de Menores dictamine si le corresponde o no ese beneficio por ser madre de menores de edad.

A las 16 de ayer, los condenados comenzaron a ser trasladados a prisión (a Villa Urquiza, los hombres y a la cárcel de Banda del Río Salí, las mujeres). El 24 de abril, se conocerán en detalle los fundamentos del fallo.

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