El pago por servicios a pacientes muertos llega a la Justicia

Gianonni citó a una funcionaria del Subsidio

PESQUISA. La fiscala Adriana Giannoni investiga una denuncia en el Subsidio. la gaceta / foto de antonio ferroni (archivo) PESQUISA. La fiscala Adriana Giannoni investiga una denuncia en el Subsidio. la gaceta / foto de antonio ferroni (archivo)
21 Junio 2014
Una denuncia penal radicada en la Fiscalía de la VIII Nominación por un afiliado del Instituto Provincial de Seguridad Social de Tucumán (Ipsst) en marzo del año pasado puede generar dolores de cabeza a las actuales autoridades de la obra social del Estado provincial.

De hecho, la oficina que conduce la fiscala Adriana Giannoni citó a prestar declaración testimonial este miércoles a Lucía Rodríguez Martín, jefa de Sumarios del Ipsst. La fiscala busca saber el grado de responsabilidad que pudieran haber tenido algunos funcionarios del Ipsst en el caso concreto del geriátrico “La Casa”, que cobró a la obra social estatal por servicios brindados a pacientes que ya habían fallecido.

En marzo de 2013, el afiliado Alfredo Rubén Gómez -fue paciente de la Residencia y centro de día La Casa- presentó una denuncia penal (causa N° 1164/13) mediante la que relata la serie de presuntas irregularidades que se habrían cometido en el Subsidio de Salud, en relación con la prestación, facturación, sobrefacturación del servicio brindando y cobro indebido de servicios al Ipsst, con posterioridad al fallecimiento de afiliados.

De acuerdo con la denuncia que presentó en la Fiscalía VIII, el afiliado Gómez sospecha de la existencia de una presunta maniobra administrativa destinada a favorecer al geriátrico La Casa, propiedad de Julio Germán Rivadeo, que funciona en la avenida Mate de Luna al 2.800.

Según sostiene el afiliado Gómez en el expediente caratulado: “Rivadeo, Julio Germán S/ Defraudación, Expte. N° 1164/2013”, existiría un modus operandi que involucra una serie de sucesivos fallos emanados de la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y que culminaría con el pago de servicios por parte del Ipsst al geriátrico La Casa.

Gómez sustenta su denuncia en el caso particular del afiliado Jorge Dip. Su versión dice que el Subsidio de Salud le abonó al geriátrico en cuestión servicios prestados a Dip, luego de que este falleciera. Esta irregularidad es reconocida por el propio Ipsst en la Resolución N°2656/14, rubricada por la interventora del Ipsst, Nelly Ganim y por el secretario General del organismo, Enrique Merino.

“El fallecimiento del señor Jorge Dip se produjo el 31 de julio de 2012. Con las copias del expediente administrativo aportado por el denunciante (Gómez), más los informes producidos por las oficinas de Contabilidad Central y Tesorería del organismo, se constató que se realizaron pagos a la Residencia La Casa, por prestaciones brindadas a Dip en fechas posteriores al deceso. Esto es, en las fechas 05/09/12 y 21/11/12 por la suma de $ 23.501,70 en cada oportunidad. Los pagos fueron efectuados mediante cheques de la cuenta N° 2097100/3 del Banco de Tucumán, con débito los días 06/09/2012 y 07/2012 respectivamente”, dice un párrafo de la resolución del Subsidio de Salud que da por concluida la investigación administrativa.

El servicio más caro

De acuerdo con la documentación oficial a la que accedió LA GACETA, Gómez entiende que existe una supuesta red (dentro del Ipsst) destinada a favorecer al geriátrico La Casa. El denunciante fundamenta su hipótesis en el hecho que el Subsidio de Salud aprobó los pagos a Rivadeo sin tener en cuenta una parte medular del fallo -en el caso particular del afiliado Dip- emanado por la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo.

El 6 de julio de 2012, el juez Horacio Castellanos resolvió hacer lugar a un recurso de amparo presentado por Dip para que el Subsidio de Salud diese la cobertura médica en el geriátrico. En la medida cautelar, Castellanos ordena al Ipsst “la inmediata cobertura” en la “residencia para adultos” (con esta nomenclatura figura el establecimiento La Casa en el Ministerio de Salud). Pero la obra social estatal le abonó a Rivadeo como si se tratara de un “hogar permanente con centro de día” (otra categoría de servicios). Sucede que los montos difieren en uno y otro caso. Mientras que la capita mensual del “centro de día” asciende a $ 3.492,93, la del “hogar permanente con centro de día” tiene un valor de $ 9.174,14. Concretamente, lo que sostiene Gómez en su presentación judicial es que, mientras la medida cautelar ordena la cobertura para el primer caso (“centro de día”), el Ipsst le pagó a Rivadeo como si se tratara del segundo caso, que es más caro (“hogar Permanente con centro de día”).

Ayer, LA GACETA se comunicó por teléfono con Ganim. La interventora del Ipsst aseguró desconocer la citación como testigo de la jefa de Sumarios.

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