17 Julio 2014
La tensa relación entre los vocales del Tribunal de Cuentas (TC) y el diputado nacional José Cano (UCR) sumó un capítulo el 30 de junio pasado, cuando el ente de control emitió el acuerdo N° 2.058, que dispone una sanción de multa de $ 125.000 en contra de un asesor del dirigente opositor. Luego de un juicio de cuentas, los auditores determinaron que Ramiro Garrocho había acumulado dos cargos públicos incompatibles desde el 1 de marzo de 2012 hasta el 24 de mayo de 2013. En ese lapso, Garrocho se había desempeñado como colaborador de Cano cuando éste estaba en el Senado de la Nación, y había sido incorporado por los radicales Federico Romano Norri y Roberto Sánchez para que los ayudara en los asuntos técnicos por sus roles en el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM).
Según el acuerdo, firmado por Miguel Terraf (presidente), Marcelo Vidal y Sergio Díaz Ricci (vocales), Garrocho incumplió con el artículo 9 de la Constitución provincial, que impide el ejercicio -a sueldo- de un cargo público nacional en simultáneo con otro provincial (están eximidos la docencia e investigación). Los auditores del TC les tomaron declaración al colaborador multado; y al diputado Cano y a los legisladores Romano Norri y Sánchez. “Los haberes percibidos por Ramiro Garrocho entre el 01/03/12 al 24/05/13 obedecieron a trabajos efectivamente realizados, lo que nos lleva a la conclusión de que no se produjo un daño al erario público, por lo que no cabe imputarle responsabilidad administrativa patrimonial”, destacó TC. Se contempló también el artículo 902 del Código Civil, “que imputa responsabilidad cuando mayor sea el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento de las cosas”. Por eso, se le impuso la mayor multa posible.
En enero, Pedro Ricardo Véliz, quien tenía licencia como contador fiscal del TC para asesorar a Cano, fue cesanteado por el órgano de control, luego de que se considerara que había incurrido en 11 inasistencias consecutivas injustificadas, ya que no se había reintegrado una vez finalizado el permiso. Véliz aseguró que la sanción era producto de su vínculo con Cano.
Según el acuerdo, firmado por Miguel Terraf (presidente), Marcelo Vidal y Sergio Díaz Ricci (vocales), Garrocho incumplió con el artículo 9 de la Constitución provincial, que impide el ejercicio -a sueldo- de un cargo público nacional en simultáneo con otro provincial (están eximidos la docencia e investigación). Los auditores del TC les tomaron declaración al colaborador multado; y al diputado Cano y a los legisladores Romano Norri y Sánchez. “Los haberes percibidos por Ramiro Garrocho entre el 01/03/12 al 24/05/13 obedecieron a trabajos efectivamente realizados, lo que nos lleva a la conclusión de que no se produjo un daño al erario público, por lo que no cabe imputarle responsabilidad administrativa patrimonial”, destacó TC. Se contempló también el artículo 902 del Código Civil, “que imputa responsabilidad cuando mayor sea el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento de las cosas”. Por eso, se le impuso la mayor multa posible.
En enero, Pedro Ricardo Véliz, quien tenía licencia como contador fiscal del TC para asesorar a Cano, fue cesanteado por el órgano de control, luego de que se considerara que había incurrido en 11 inasistencias consecutivas injustificadas, ya que no se había reintegrado una vez finalizado el permiso. Véliz aseguró que la sanción era producto de su vínculo con Cano.