La Junta rechaza un planteo judicial de Masso

Paz y Gandur dijeron que los fiscales de Libres del Sur han confirmado y aceptado la veracidad de los resultados de la mayoría de las mesas.

VIERNES EN LA JUNTA ELECTORAL. El presidente Antonio Gandur (der.) ingresa a la sede del órgano en compañía de su chofer, Duilio Cancino. la gaceta / foto de florencia zurita VIERNES EN LA JUNTA ELECTORAL. El presidente Antonio Gandur (der.) ingresa a la sede del órgano en compañía de su chofer, Duilio Cancino. la gaceta / foto de florencia zurita
05 Septiembre 2015

El escrutinio provisorio no puede ser objetado en sede judicial porque no tiene valor jurídico. Antonio Gandur y Ana María Rosa Paz, respectivos presidente y vocal de la Junta Electoral Provincial (JEP), desarrollaron esta posición al emitir el informe previsto en el Código Procesal Constitucional (artículo 21), en el ámbito del juicio iniciado por Federico Masso, dirigente del partido Libres del Sur y “socio” del opositor Acuerdo para el Bicentenario (ApB).

El litigio que promovió Masso, que pelea para acceder a una banca legislativa (en principio, tal meta no sería sencilla), ingresó en la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo. La demanda expone una serie de presuntas anomalías vinculadas a la labor que desplegó el Correo Argentino, que tuvo a su cargo el conteo provisorio durante las elecciones del 23 de agosto pasado. Pero Gandur y Paz expresaron que ese escrutinio provisional no es una declaración de voluntad emanada del órgano electoral (la JEP) o acto administrativo. “Por el contrario, el escrutinio definitivo representa el único acto con valor jurídico que garantiza cierto número de votos a cada partido y la consagración de los candidatos: respecto de este acto corresponde realizar todas las presentaciones”, dijeron las autoridades de la JEP.

Para fundamentar este punto de vista, Gandur y Paz recordaron que la Acordada 113 de la Cámara Nacional Electoral, del 2 de octubre de 2007, había dejado “absolutamente claro” que el escrutinio provisorio era secundario e irrelevante y, por lo tanto, inhábil para poner en tela de juicio la validez de los comicios o de sus resultados. Asimismo citaron al Superior Tribunal de Justicia de Córdoba, que también en 2007 afirmó que el conteo provisional no causaba agravio alguno al sufragio emitido toda vez que cualquier error constatado en él había de quedar salvado en el escrutinio definitivo.

Con base en otro pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, la JEP dijo que los errores o aciertos de los cómputos a cargo del Correo no poseían ningún tipo de convalidación oficial. “Su única finalidad es permitir al pueblo el ejercicio del derecho a la información”, afirmaron Gandur y Paz en referencia a la previsión expresa del Código Electoral de San Juan.

“Corresponde destacar que en el escrutinio provisorio el telegrama es el único instrumento sin valor jurídico que respalda los datos. Mientras que el conteo definitivo presenta diferentes instrumentos tales como el padrón o registro de electores; el acta de escrutinio; el certificado de escrutinio incorporado a la urna; los certificados de escrutinios entregados a los fiscales; los sobres utilizados; las actas de apertura y de cierre firmadas por las autoridades y los fiscales, y las boletas de sufragio o votos”, matizaron. Y añadieron que todos esos documentos con valor legal del escrutinio definitivo representan un vigoroso conjunto de instrumentos que permite realizar un control efectivo y fidedigno de la expresión de voluntad del votante. Gandur y Paz dijeron que, en cambio, no era posible hacer una “reconstrucción histórica” del escrutinio provisorio.

Ocho mesas anuladas

“La apertura de todas las urnas es una resolución extrema que sólo puede adoptarse cuando se torna inútil e ineficaz el escrutinio definitivo puesto que este exhibe mayores garantías legales y formales para proteger la voluntad de los sufragantes”, reflexionaron Gandur y Paz. Y recordaron que la JEP estaba abriendo urnas cuando existían motivos fundados para ello según el protocolo estipulado en el Código Electoral Nacional. “De este modo y cuando ha sido escrutado ya un tercio de la totalidad de las mesas, los fiscales de los partidos presentes, incluidos los de Libres del Sur, han aceptado la veracidad de la documentación y de los guarismos existentes en la mayoría de las mesas, lo que confirma la transparencia y la legalidad del procedimiento”, concluyeron.

Hasta las 20 de ayer, el escrutinio definitivo alcanzaba a 1.144 mesas equivalentes al 31,77% del conjunto. Darío Almaraz, secretario de la JEP, informó que este viernes habían anulado dos mesas más y estaba en duda una tercera. En total y desde el 25 de agosto, cuando comenzó el recuento final, la Junta dio de baja ocho mesas (el número excluye las 40 urnas destrozadas o incineradas durante la votación en distintas localidades del interior). El resultado parcial para la categoría “gobernador-vicegobernador” seguía exponiendo en la punta a la fórmula opositora José Cano-Domingo Amaya.

Apenas si se esbozó un reclamo ayer en plaza Independencia

Una treintena de personas mantenían anoche la esperanza de que la plaza Independencia vuelva a albergar el masivo reclamo en contra del presunto fraude electoral, y por nuevas elecciones transparentes. En especial, militantes y dirigentes del Partido Obrero y de la Unión Cívica Radical -mantienen una carpa-. Otros grupos, de ciudadanos no enrolados en ningún partido, mantenían mayor distancia y se confundían con paseantes.

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