"La Cabezona" Gómez pidió el arresto domiciliario por el covid-19: ¿qué le respondieron?

Purga una condena a 15 años de prisión por liderar una organización "narco".

EN EL JUICIO. Gómez, poco antes de recibir la sentencia a 15 años de cárcel. FOTO: Archivo LA GACETA / Inés Quinteros Orio EN EL JUICIO. Gómez, poco antes de recibir la sentencia a 15 años de cárcel. FOTO: Archivo LA GACETA / Inés Quinteros Orio
06 Junio 2020

Nilda "La Cabezona" Gómez suma en su prontuario cinco condenas a prisión por causas sobre drogas. La más reciente, dictada en marzo pasado, le significó una pena de 15 años de cárcel, por ser considerada jefa de una organización "narco".

Pese a este antecedente, como sucedió con un importante número de personas presas en Tucumán, Gómez -a través de su defensa técnica- le transmitió a la Justicia federal su preocupación por un posible contagio dentro de la prisión, en el marco de la emergencia epidemiológica por coronavirus. Además, la mujer manifestó su intranquilidad por el cuidado de su hija de 17 años, que integra el grupo de riesgo de covid-19 por registrar "Síndrome de Down, problemas cardiológicos, hipotiroidismo y celiaquía", según consta en el expediente. Por todo ello, pidió que se la beneficiara con el régimen de arresto domiciliario. 

Ayer, los jueces del Tribunal Oral Federal (TOF) Carlos Enrique Ignacio Jiménez Montilla y Gabriel Eduardo Casas dictaron una resolución sobre el planteo. La respuesta no fue la que "La Cabezona" esperaba.

Los magistrados tuvieron en cuenta lo expresado por Gómez. "(Ella) señala que es inevitable que tanto la madre como la hija necesiten estar juntas en este momento de incertidumbre, ansiedad y miedos, pues existe una gran afectación a la salud psicológica que incide necesariamente sobre la salud física", expresa la decisión judicial.

La sentenciada, además, aludió al "hacinamiento carcelario" que se presenta en todas las cárceles, incluida la de mujeres.

"(Gómez afirma que ello) hace imposible mantener un mínimo de distancia personal, y cualquier contagio implicará el aislamiento de pabellones enteros. El problema se replica, hacia el personal de salud y seguridad, cuyas plantas se verán indudablemente disminuidas de iniciarse el contagio, para ellos también inevitable en el medio carcelario. Aquellos que se enfermen dentro de los penales y que necesiten de atención de salud y aislamiento tendrán gravísimas dificultades para obtener su tratamiento adecuado allí, si se atiende a la estructura edilicia y la limitación de otros recursos humanos y materiales", argumentó Gómez, según el resumen de los magistrados.

JUECES. Jiménez Montilla y Casas firmaron la resolución. Foto de Archivo. JUECES. Jiménez Montilla y Casas firmaron la resolución. Foto de Archivo.

Jiménez Montilla y Casas solicitaron al Patronato de Internos y Liberados de Tucumán un informe socio ambiental para conocer la situación de la hija de "La Cabezona". Los especialistas indicaron al TOF que la adolescente "se encuentra estable, con medicación controlada". Además, se cosntató que "con tres mayores de edad y que una cuarta persona, hermana de la encausada, colabora en los cuidados de manera intermitente". Fue el primer baldazo de agua fría para el pedido de Gómez.

Los jueces, por otro lado, corrieron vista del planteo defensivo al fiscal general subrogante, Pablo Camuña, quien se expresó en contra de que se brinde el beneficio en este caso. Por un lado, tuvo en cuenta el informe socio ambiental; y por otro, interpretó que no constaban en el pedido de arresto domiciliario "informes médicos que acrediten que (Gómez) se encuentra en el grupo de riesgo respecto de la pandemia de covid-19". Segundo punto en contra para la detenida.

Jiménez Montilla y Casas, a continuación, repasaron la situación procesal de "La Cabezona". Remarcaron la condena reciente a 15 años, que está pendiente de un fallo en la Cámara de Casación, y repasaron todos los aspectos de la petición de la defensa.

Luego de citar fallos recientes por casos similares y la doctrina en materia de prisión domiciliaria, consideraron que correspondía "no hacer lugar" a lo solicitado por Gómez.

¿Por qué? Por un lado, por el resultado de los informes socio ambientales referidos a la adolescente de 17 años. Y, por otro, porque predomina el criterio de que "no basta pertenecer a un grupo de riesgo para que automáticamente se modifique la modalidad de detención del requirente". 

"Esta situación (de contagio dentro del penal) reviste un peligro hipotético y en potencia, pero no así un peligro real y concreto que haga presumir que la encartada Gómez pueda quedar incluida dentro de las personas consideradas como grupo de riego para la pandemia", sostuvieron Jiménez Montilla y Casas.

De todos modos, atendieron a la preocupación de "La Cabezona" por un eventual ingreso del virus al penal. Por ello, el TOF resolvió "recomendar" al Servicio Penitenciario "que deberá arbitrar los medios necesarios tendientes a dar cumplimiento y extremar las medidas de prevención, salud e higiene (...) y la guía de actuación para la prevención y control del covid-19" en las cárceles. "Al tiempo, deberá brindar toda atención medica que requiera (Gómez) a los fines de resguardar su buen estado de salud física y psíquica", expresaron los magistrados en la resolución.

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