Por Irene Benito, Federico Diego van Mameren y Álvaro José Aurane 20 Noviembre 2020
“Las pruebas producidas son suficientes para acreditar con nitidez los cargos contra Pedicone”
Los nueve legisladores oficialistas más su aliado alperovichista achacaron al juez desde las “grabaciones clandestinas” que hizo para sustentar su denuncia contra el vocal de la Corte hasta “la caravana mediática carente de ética” que desarrolló para exponer aquella imputación. La decisión de acusar al magistrado enfatiza que la comisión respetó los derechos de Pedicone.
Zacarías Khoderlegislador PJ
La comisión de Juicio Político de la Legislatura formuló siete cargos contra Enrique Pedicone, magistrado del Tribunal de Impugnación y denunciante de Daniel Leiva, vocal de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. Con esos reproches de variada índole, el comité buscará que el Jurado de Enjuiciamiento destituya al juez. Los 10 legisladores que formaron la mayoría consideraron que su posición tiene fundamentos firmes. “Las pruebas producidas son suficientes para demostrar en forma nítida, inequívoca y concluyente los cargos que se formulan (contra Pedicone), y exhiben relevancia para la acusación”, dijeron en la Resolución 515 del 18 de noviembre cuya motivación trascendió ayer.
El acto lleva la firma de los peronistas Zacarías Khoder (presidente), Sergio Mansilla, Mariela Reyes Elías, Gonzalo Monteros, Enrique Bethencourt, Graciela Gutiérrez, Adriana Najar, Carlos Gómez y Renée Ramírez, y de Julio Silman (Vamos Tucumán, la marca electoral del senador José Alperovich). En minoría, los otros dos miembros del comité, Mario Casali (Fuerza Republicana) y Raúl Pellegrini (Partido de la Justicia Social), votaron por el archivo y el rechazo de las denuncias (se informa por separado). “Se violaron el debido proceso y el derecho de defensa”, dijo Casali. Pellegrini afirmó: “el contenido de las sentencias no puede ser cuestionado en este ámbito”.
Los legisladores oficialistas en cambio admitieron las siete denuncias interpuestas contra Pedicone luego de que este denunciara que Leiva le había pedido “que manejara las intensidades” de una causa por supuestos delitos sexuales y corrupción que involucra al legislador Ricardo Bussi (Fuerza Republicana). Esos pedidos llevan las firmas de Lucas Mayer, Carlos Mayer (fallecido), Carlos María Gallardo, Ingrid Lausberg, Antonio Raed, Juan Eduardo Rojas y Alfredo Falú. El 5 de octubre, y con las disidencias de Pellegrini y de Casali, la comisión había rechazado y archivado seis peticiones de expulsión radicadas contra Leiva.
La mayoría justicialista reprochó a Pedicone desde su inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) hasta una denuncia penal que articuló en su contra el Ministerio Público Fiscal a cargo de Edmundo Jiménez (con licencia) en 2018 por interpretar que las prisiones preventivas debían ser otorgadas con participación de la víctima y del imputado, y no ante el mero pedido del fiscal. Según los legisladores, ello revela el desconocimiento del derecho vigente.
La resolución recrimina a Pedicone una “falta de cumplimiento de los deberes inherentes a su cargo” por haber pretendido controlar “sin competencia” un procedimiento anti-covid-19 practicado por el fiscal Carlos Picón en el bar y billares Punto y Banca. “Esto es de una gravedad tal que trasciende los límites de la propia causa”, dijeron los legisladores. Y agregaron que el magistrado había violado la garantía del juez natural e incurrido en una “clara obstrucción” del derecho de acceso a la justicia. Además, la comisión observó que el mismo abogado (Arnaldo Ahumada) que había intervenido en la causa de los billares era su codefensor ante la comisión, lo que “evidenciaba un trato inconciliable con el decoro y la imparcialidad”.
Juicio Político consideró que también había un incumplimiento en la disposición “sin competencia” del cese de prisión preventiva de Ángel Bravo.
La mayoría dijo que Pedicone “hizo un raid mediático de neto contenido político” con su denuncia contra Leiva y que no respetó la ética prevista en los códigos que proliferaron a nivel mundial. “Tales pautas éticas distan abismalmente de la actitud asumida por Pedicone quien ha desplegado una caravana mediática por numerosos medios de prensa arguyendo ser víctima de un delito que denunció, según él mismo relata, más de un mes después de que hubiese ocurrido”, expresaron Khoder y sus pares. Al respecto, tomaron como ejemplo comentarios donde Pedicone habría dicho “o gano yo o gana la mafia” y “es un salvajismo jurídico lo que hace la Legislatura”.
Los legisladores achacaron al juez el haber “confesado públicamente la realización de grabaciones clandestinas (de Leiva) y haber omitido denunciar oportunamente ante la Justicia”. Con mayúsculas, escribieron: “lo que queda claro a partir de las declaraciones periodísticas es que Pedicone es un juez del Tribunal de Impugnación, máxima autoridad del fuero penal de la provincia, en cuyas manos está resolver las cuestiones que hacen a la libertad y al patrimonio de la ciudadanía, y confiesa públicamente haber realizado grabaciones clandestinas; haberlas retenido; haber omitido presentarlas en la Justicia y haberse paseado con un pendrive en la mano por todos los medios de prensa”.
Asimismo enrostraron al juez “la sistemática violación de los derechos de las víctimas de delitos” y la “coerción ejercida” sobre el secretario Fernando Valladares, quien labró el acta donde consta que Leiva citó a Pedicone en un bar el 28 de julio y que este se comprometió a denunciarlo cuando se desprendiera del caso de “Bussi”, cosa que hizo el 1 de septiembre. “El proceso de remoción de los magistrados es netamente político y debe guardar las formas. La garantía de la defensa en juicio y del debido proceso son requisitos que deben ser respetados y se han cumplido en este caso”, manifestaron los legisladores (subrayaron la última oración en el original). Pedicone, por su parte, amplió un pedido de cautelar para frenar este procedimiento con el argumento opuesto de que ni siquiera le habían permitido reunir las pruebas aprobadas por la propia comisión (se informa por separado). Los legisladores consideraron que las observaciones formales realizadas por el juez en su descargo de 310 páginas “constituirían un exceso ritual manifiesto” y reiteraron que habían preservado el debido proceso: “el acusado tuvo conocimiento de la denuncia y de la totalidad de las actuaciones; contó con el tiempo legalmente previsto para formular su descargo, y pudo ofrecer y producir prueba en un todo de acuerdo con las garantías constitucionales, convencionales y legales que lo asisten”.
NOTICIAS RELACIONADAS