La Anses aún no autorizó la jubilación de Pisa

El funcionario cuestionado debería pedir nuevamente la renuncia lisa y llana al gobernador Manzur, según las fuentes consultadas. En la Corte dijeron que la dimisión condicionada ya no va más.

 Juan Francisco Pisa en un acto público de 2019. Juan Francisco Pisa en un acto público de 2019.

Juan Francisco Pisa podría seguir siendo juez provincial mucho tiempo más. Ocurre que la renuncia condicionada al otorgamiento de la jubilación con el 82% móvil que aquel presentó en octubre, y que el Poder Ejecutivo aceptó y que la comisión de Juicio Político de la Legislatura dio por hecha en febrero ya no es admitida por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Según una consulta al sistema, esta entidad aún no autorizó el pago a Pisa de los haberes de excepción previstos para reconocer a quienes se retiran del ejercicio de la magistratura. Y tanto fuentes de la Anses como de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán coinciden en que este juez controvertido deberá poner una nueva renuncia, esta vez sin condicionamientos, a la consideración del gobernador Juan Manzur para cesar en las funciones y empezar a percibir una jubilación que, con los últimos incrementos, rondaría los 
$ 400.000.

Una suma de circunstancias colocó a Pisa, a quien LA GACETA no logra ubicar, en un limbo sin parangón que anticipa tensiones institucionales crecientes hasta que llegue el desenlace. En esa serie de hechos confluyen cambios legales y de la administración pública nacional; siete pedidos de destitución fundados en el sobreseimiento al femicida de Paola Tacacho, Mauricio Parada Parejas; la dilatación de la aceptación de la renuncia condicionada por parte de Manzur; un sumario administrativo ordenado por la Corte tras constatar anomalías en otros casos de violencia doméstica y de género a cargo del funcionario, y el archivo -revelado tres meses después- de las impugnaciones dispuesto por la mayoría de la comisión de Juicio Político cuando la Ley 8.734 mandaba a suspender el trámite. Las derivaciones de ese entramado son imprevisibles, pero los interrogantes referidos a la validez de la dimisión condicionada; al estatus de inmunidad total y a la incomodidad política resultan decisivos para comprender el escenario actual.

¿Vale la condicionada?

Según la Resolución Prev-11-46 firmada por la directora ejecutiva de la Anses, Fernanda Raverta, y vigente desde el 8 de febrero de 2021, los jueces sólo pueden acceder al pago del beneficio tras el cese. La reglamentación en cuestión requiere renuncias definitivas e incluso generó polémica porque incorpora un mecanismo de intimación para los magistrados que hayan iniciado los trámites con los aportes y el mecanismo de cálculo de la movilidad de Ley 24.081, que fue reformada a comienzos de 2020. Raverta dispuso que quienes no se alejen de sus cargos en un plazo de 30 días hábiles administrativos a partir del emplazamiento, iban a tener que hacer las gestiones de nuevo, con la demora e incertidumbre que ello implica.

Los nuevos criterios de la Anses ya estaban en vigor cuando Manzur y la ministra Carolina Vargas Aignasse aceptaron la renuncia condicionada a Pisa, acto que legalmente debía dejar en suspenso su procedimiento de destitución en Juicio Político -luego trascendió que ocho legisladores peronistas y un bussista resolvieron directamente clausurarlo-. El Decreto 369 del Poder Ejecutivo cita que la Anses había “establecido” el derecho a la prestación de jubilación de Pisa el 4 de octubre de 2018. Aunque la mayoría de la comisión citó ese antecedente para descartar las denuncias, en función del reglamento de Raverta, aquel podía quedar sin efecto. Los parámetros de la Anses también pasaron inadvertidos para la Corte, que el 16 de marzo acogió la aceptación de la renuncia condicionada de Pisa.

El mes pasado, un funcionario del alto tribunal expresó que la dimisión que preserva la retribución hasta la liquidación del haber previsional “ya no va más”. ¿Quiere decir esto que el juez puede ser todavía expulsado y perder la jubilación privilegiada? Ahí está el punto del conflicto.

¿Qué estatus tiene Pisa?

La Resolución 528 de la comisión de Juicio Político dio “por jubilado” al funcionario aún perteneciente a la Justicia. En principio, Pisa no puede ser cuestionado por el caso “Tacacho”. Pero, al hacer de cuenta que ya se fue, aunque sigue en el cargo, teóricamente no deberían prosperar objeciones a su actuación en otras causas. Esta inmunidad total no existe ni en la Constitución ni en las leyes, y ningún otro funcionario público de la provincia goza de tal estatus.

Tampoco se sabe qué procesos está resolviendo Pisa, que ejerce el control de la mitad de las investigaciones penales en trámite con el antiguo Código discontinuado el 1 de septiembre. En ese paquete de causas escritas podría haber denuncias extremadamente sensibles hoy exentas por completo de publicidad.

¿Por qué incomoda?

Pisa no es cualquier juez, sino uno que se hizo célebre por numerosos fallos favorables al poder. La aceptación de su renuncia condicionada generó una tormenta de reproches a Manzur de parte de la oposición y de los sectores feministas. A esto se sumó el mes pasado el otorgamiento en Juicio Político de un blindaje no comprendido en el orden jurídico. En paralelo, una ministra de la Nación, Elizabeth Gómez Alcorta, expresó al jefe de los fiscales con licencia, Edmundo Jiménez, que debe haber una investigación para todos los fiscales que manejaron causas de Tacacho, que es la posición de la madre de la víctima, Mariela Tacacho.

Luego de refrendar que Pisa no tenía actuaciones disciplinarias y podía irse, la Corte decidió someter a todo su viejo juzgado a un sumario por irregularidades en los casos de mujeres denunciantes descubiertas tras y por el femicidio de Tacacho. ¿Concluirá esta pesquisa antes de que Pisa se marche del Poder Judicial? Y en el supuesto de que suceda, ¿pedirán los vocales la expulsión de Pisa a Juicio Político? Faltan capítulos a esta historia tan atípica de un juez que en diciembre reclamó que lo dejaran irse y aún no se fue.

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