Censo presencial: 30 preguntas y respuestas de cara al relevamiento del miércoles

¿Qué me van a preguntar? ¿Es obligatorio responder todas las consultas? ¿Cómo se censan los hijos de padres separados?

CENSO PRESENCIAL / imagen ilustrativa CENSO PRESENCIAL / imagen ilustrativa
15 Mayo 2022

El miércoles 18 de mayo a las 8 de la mañana comenzará formalmente el relevamiento presencial por el Censo 2022. Luego de 12 años, se podrá "saber cuántos somos, cómo somos y cómo vivimos”, advierte el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec), organismo encargado de coordinar este complejo informe.

Se trata del primer censo bimodal (digital y presencial) en la historia de la Argentina. Se prevé que esta modalidad sea una transición hacia un censo totalmente digital.

La opción de cargar la información a través de cualquier dispositivo digital con conexión a internet rige hasta las ocho de la mañana del miércoles 18 de mayo (hacé clic acá). Ese día, desde las ocho de la mañana y aproximadamente hasta las seis de la tarde se realizará el censo presencial, el auténtico “día del censo”. Los que no hayan respondido el cuestionario web podrán responder las preguntas en la entrevista directa con el censista.

Pensando específicamente en la jornada del relevamiento, la página oficial consigna una serie de preguntas y respuestas que serán de utilidad para los ciudadanos que recibirán a los censistas. A continuación, una selección sobre 20 dudas que pueden surgir con miras al día del relevamiento presencial.

1) ¿Qué me van a preguntar?

El cuestionario censal contiene 61 preguntas que indagan sobre población (edad y sexo; identidad de género; lugar y fecha de nacimiento; lugar de residencia cinco años antes del Censo; nivel educativo; cobertura de salud; previsión social; autorreconocimiento étnico -pueblos indígenas u originarios y afrodescendencia-; situación laboral; rama de actividad; fecundidad) y vivienda y hogar (materiales con los que se encuentra construida la vivienda; condiciones sanitarias; régimen de tenencia de la vivienda; cantidad de habitaciones; acceso a servicios de agua, luz y gas; dificultad o limitación;
TIC -computadora, internet y teléfono-).

2)¿Tengo obligación de responder todas las preguntas?

Sí. Las preguntas del Censo son de respuesta obligatoria. Según el artículo 17 del Decreto 726/2020, “todos y todas los y las habitantes de la Nación quedan obligados y obligadas a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas Ronda 2020, haciéndose saber que quienes no suministren en término, falseen u omitan la información solicitada incurrirán en infracción y serán pasibles de multa de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 17.622”.

3) ¿Cómo se registra un departamento en propiedad horizontal (PH)?

Un departamento o propiedad horizontal (PH) deberá registrarse como departamento porque forma parte de un edificio o estructura con una entrada común que contiene, por lo menos, dos viviendas (o una vivienda y uno o más locales) a las que se accede a través de pasillos, escaleras, zaguanes o ascensores de uso común.

4) Si en la vivienda se comparte el alquiler, pero no los gastos para la comida, ¿se consideran el mismo hogar?

No. Para el Censo, un hogar es la persona o grupo de personas que viven bajo un mismo techo y comparten sus gastos de comida. Por ejemplo, dos personas que viven juntas y comparten el alquiler, pero cada cual compra su propia comida deben registrarse como dos hogares dentro de la misma vivienda.

5) ¿Por qué se pregunta por dificultades o limitaciones en lugar de discapacidad?

Los términos “dificultad” y “limitación” han sido adoptados en el cuestionario definitivo del Censo luego de múltiples pruebas precensales y de acuerdo a las recomendaciones de los organismos internacionales de expertos para la medición de la discapacidad, tales como el Washington Group y la CEPAL, la representación regional de las Naciones Unidas. Con estos términos se indaga en los censos de Bolivia, Brasil Colombia, Costa Rica, Guatemala, Nicaragua, México, República Dominicana, Panamá, Paraguay, Uruguay, Nueva Zelanda, Italia, Portugal e Israel, entre otros.

El uso de la palabra “discapacidad” tiene "significados diversos (polisemia) y puede dar lugar a distintas interpretaciones por parte de la población", advierte el sitio web oficial. Por eso, no se recomienda su uso para obtener respuestas válidas del universo total de habitantes. "Por ejemplo, para un sector de la población podría asociarse a la tenencia de un certificado de discapacidad y, para otros, podría ser omitida", añade.

El cuestionario del Censo 2022 incluye la pregunta 9 en el módulo del hogar con el fin de cuantificar la presencia o ausencia de al menos una persona con dificultad o limitación en el hogar. 

Mediante los datos recogidos en el Censo y la obtención del universo completo de hogares que declaren dificultades o limitaciones, el INDEC podrá realizar un nuevo Estudio sobre el Perfil de las Personas con Discapacidad en la Argentina, que se está planificando junto a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).

El Censo no busca captar si la población posee o no un Certificado Único de Discapacidad (CUD). Para poder determinar la discapacidad de una persona es necesario aplicar la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF) de la Organización Mundial de la Salud, a través del cual una junta de profesionales multidisciplinarios de la Agencia Nacional de Discapacidad otorga el CUD. Este es el único instrumento oficial en la Argentina para determinar el tipo de discapacidad de la persona: motora, visual, auditiva, intelectual, visceral o multidiscapacidad.

6) Entonces, ¿solo se debe registrar a las personas que tienen Certificado Único de Discapacidad?

No. Se debe registrar la discapacidad o limitación de todas las personas, tengan o no Certificado Único de Discapacidad (CUD).

7) ¿Qué se debe registrar en las preguntas sobre dificultades o limitaciones de bebés, niños y niñas?

No se consideran las dificultades o limitaciones de bebés, niñas y niños que se deban a su edad.

8) Si la cocina y el comedor integran un mismo ambiente y están separados por algún mueble, ¿se contabiliza como un ambiente o como dos?

En caso de un mismo ambiente donde está la cocina y el comedor separados por algún mueble, se cuenta como un ambiente. Solo se contabilizan como dos ambientes aquellos que estén cerrados por paredes o tabiques (que se elevan desde el suelo hasta una altura de dos metros).

9) ¿Se deben contar las habitaciones que no se usan para dormir?

Sí. Se cuentan todos los ambientes, habitaciones, dormitorios o piezas que fueron diseñados y construidos para el descanso nocturno, sean o no utilizados actualmente para tal fin.

10) ¿Qué diferencia hay entre el sexo registrado al nacer y la identidad de género?

El sexo registrado al nacer es aquel que se transcribe en la partida de nacimiento o documento cuando nace una persona. Puede ser mujer/femenino, varón/masculino o x/ninguna de las anteriores. La identidad de género es entendida como la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, incluyendo la vivencia personal del cuerpo, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento. La identidad de género puede ser: mujer trans/travesti, varón trans/masculinidad trans, mujer, varón, no binario, u otra/ninguna de las anteriores. Además, se podrán seleccionar las opciones “prefiero no contestar” e “ignorado”.

11) ¿Se puede responder la identidad de género por otra persona?

Sí. Es importante que la persona que responda el Censo conozca la información de todos los miembros de su hogar para poder responder las preguntas. En caso de desconocer la respuesta sobre identidad de género, existe la opción “ignorado”.

12) ¿Se puede responder el autorreconocimiento étnico por otra persona?

Sí. Es importante que la persona que responda el Censo conozca la información de todos los miembros de su hogar para poder responder las preguntas. En caso de desconocer la respuesta sobre autorreconocimiento indígena o afrodescendiente, existe la opción “ignorado”.

13) Si se dejó de cursar algún nivel educativo de forma circunstancial, pero se piensa retornar, ¿se debe responder que se cursa actualmente o no?

No. En ese caso, se deberá registrar que no se asiste actualmente pero que asistió.

14) ¿Qué nivel debe marcar una persona que asiste a educación especial?

La educación especial es una modalidad del sistema educativo en todos los niveles. Si la persona censada cursa en la modalidad de educación especial deberá registrar en qué nivel se encuentra (jardín maternal, guardería, centro de cuidado, salas de 0 a 3, sala de 4 o 5, primario, secundario, terciario no universitario, universitario de grado o posgrado).

15) ¿Qué año debe marcar un estudiante universitario?

Deberá marcar el año que se encuentre cursando actualmente o el último año que haya aprobado según el programa de estudios, independientemente de la cantidad de años que hace que está cursando.

16) ¿Qué año debe marcar un estudiante universitario que asiste al curso de ingreso?

El curso de ingreso y los cursos de nivelación universitaria se consideran como primer año.

17) ¿Cómo respondo sobre mi ocupación si tengo dos actividades laborales con la misma cantidad de carga horaria?

En ese caso, respondé por la actividad laboral en la que percibís el mayor ingreso.

18) ¿Cómo se determina quién es la jefa, el jefe o la persona de referencia del hogar?

La jefa, el jefe o la persona de referencia del hogar es la persona reconocida como tal por los demás miembros del hogar. A partir de este rol, se determinan y ordenan las relaciones o parentescos de las personas que viven en el hogar.

19) ¿A quiénes censar y dónde?

Se deben censar todas las personas que residen y duermen en la vivienda 4 días o más en la semana.

20) ¿Cómo se censan los hijos y las hijas de padres separados?

Se deben censar donde residen y duermen 4 días o más a la semana, aunque tengan también otro hogar. Si habitualmente pasan la misma cantidad de días en los dos hogares, se incluyen solo en uno de ellos.

21) ¿Hay que esperar a la persona censista en la vivienda?

Sí. El Día del Censo será feriado nacional para que todas las personas puedan esperar en sus viviendas a las personas acreditadas para censar. Si vas a salir de tu casa, asegurate de que en todo momento haya una persona presente que pueda responder las preguntas o presentar el comprobante de finalización del Censo digital. No es necesario que la persona censista ingrese a tu hogar.

22) ¿A qué hora pasarán por mi vivienda el Día del Censo?

A partir de las 8 del miércoles 18 de mayo de 2022, una persona censista, debidamente acreditada, visitará cada una de las viviendas del país, hayan completado o no el cuestionario digital.

23) ¿Cómo identifico a las personas censistas?

Las personas censistas tendrán una pechera con la imagen del Censo y una credencial con sus datos personales (nombre, apellido y DNI).

24) ¿A qué actividades afectará?

Entre las 0 y las 20 del Día del Censo no se podrán realizar funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas, espectáculos ni reuniones públicas. Tampoco podrán permanecer abiertos los clubes y comercios de venta de artículos alimenticios (Ley 24.254).

El Día del Censo, el transporte público funcionará con el cronograma especial de domingos y feriados.

25) ¿Una persona que está temporalmente en la Argentina se tiene que censar?

Solo se tiene que censar si residió durante los últimos 6 meses o si piensa fijar residencia por los próximos 6 meses.

26) Si estaré de viaje el Día del Censo (18 de mayo), ¿qué tengo que hacer?

Podés completar el Censo digital a partir del 16 de marzo y obtener tu comprobante de finalización. Si vivís en un departamento, dejale el código del comprobante a un vecino, encargado o persona de confianza del edificio para que se lo entregue a la persona censista el Día del Censo. Si vivís en una casa, podés dejarlo en la casa contigua o lindante a la tuya.

27) ¿Dónde tengo que censarme si vivo unos meses en una vivienda y otros meses en otra?

En caso de vivir en más de una vivienda, deberás censarte en aquella en la que vivís habitualmente, es decir, donde residís y dormís 4 días o más a la semana al momento del Censo. Si residís la misma cantidad de tiempo en cada una de las viviendas, deberás censarte en la que residiste en los últimos seis meses.

28) ¿Puedo imprimir el cuestionario de la página web y completarlo para entregárselo a la persona censista que me visite?

No. El cuestionario de la página web es una muestra del que se utilizará el día del operativo y su difusión es para que la población conozca qué se le preguntará. La persona censista es quien debe completarlo, ya que ha sido capacitada para que los datos del cuestionario en papel puedan ser cargados correctamente.

29) ¿Es necesario que la persona censista ingrese a mi hogar?

No. Podés responder todas las preguntas o mostrar el comprobante de finalización del Censo digital desde el portero eléctrico, la puerta o la ventana de tu vivienda.

30) ¿Qué medidas de prevención sanitaria deben tener en cuenta las personas que censen?

-Utilizar siempre el tapaboca de manera que cubra nariz y boca.
-Mantener la distancia social reglamentaria de 2 metros respecto de otras personas.
-Evitar el desarrollo de la entrevista presencial en el interior de la vivienda.
-Higienizar las manos con soluciones a base de alcohol al empezar y terminar cada entrevista.
-Evitar el contacto físico con las personas entrevistadas o compañeros de trabajo.
-Cubrir la nariz y boca con el pliegue interno del codo en caso de estornudo o tos.

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