Estacionamiento medido: “No existen motivos para fundamentar la nulidad denunciada”

Tras el descargo de Tecno Agro Vial, el fiscal municipal dictaminó que el planteo de los ediles de FdT se torna obstracto a la fecha.

PLANTEO. Los concejales jaldistas sostienen que la empresa concesionaria inclumplía los requisitos del pliego. la gaceta / foto de Ines Quinteros Orio PLANTEO. Los concejales jaldistas sostienen que la empresa concesionaria inclumplía los requisitos del pliego. la gaceta / foto de Ines Quinteros Orio

La Municipalidad dio por clausurado en lo administrativo el planteo jaldista para que se declare la nulidad del contrato por el estacionamiento medido en San Miguel de Tucumán.

El fiscal municipal, Hernán José Colombres, dictaminó que “no existen motivos para fundamentar la nulidad denunciada”, luego de evaluar el descargo que realizó la empresa Tecno Agro Vial SA ante el reclamo del bloque del Frente de Todos (FdT) del Concejo por presuntos incumplimientos del pliego.

“Del análisis de la documentación aportada por la concesionaria Tecno Agro Vial UTE (unión transitoria de empresas) se advierte que, en efecto, por resolución de fecha del 23 de mayo de 2004, al homologar el acuerdo, el juez interviniente resolvió también declarar concluido el concurso preventivo”, argumentó el letrado en un dictamen de cinco páginas al que tuvo acceso LA GACETA.

El presidente del Concejo, Fernando Juri (FdT), junto a sus pares Ernesto Nagle, José Luis Coronel, Emiliano Vargas Aignasse, David Mizrahi, Gonzalo Carrillo, Elena Cortalezzi y Sara Assan, elevaron la semana pasada una nota al intendente Germán Alfaro (PJS-JxC) para solicitarle que anule el contrato e inicie acciones legales contra la firma. Argumentaron -según un relevamiento propio- que la empresa se encontraba concursada al momento de postularse como oferente, lo cual es un impedimento que está establecido en el artículo 10 del pliego.

Defensa de la empresa

La Municipalidad corrió traslado a la empresa (representada por Facundo Lavieri y Nicolás Ohanessian), la cual insistió con que el concurso preventivo concluyó en 2004, con su homologación (conforme al artículo 59 de la Ley 24.522). Indicó que pagó la totalidad del pasivo concursal, por lo que estaba en plenas condiciones para ser titular del contrato de concesión. A modo de prueba, adjuntó tres constancias de licitaciones que ganó en los últimos años (Provincia de Chaco, Hospital Posadas y Ciudad de Buenos Aires), en cuyos pliegos figuraba la prohibición de ofertar a concursados.

A su vez, la empresa resaltó que está cumpliendo plenamente con el contrato y que prueba de ello es que los concejales no han cuestionado su desempeño y no han denunciado ningún perjuicio al patrimonio municipal ni al interés público.

Colombres consideró trascendente la documentación aportada por la firma, es particular porque la empresa celebró contratos en jurisdicciones estatales con posterioridad a la resolución dictada en el concurso preventivo. A su vez, manifestó que el cuestionamiento formulado por los concejales “se ha tornado abstracto” a la fecha, por haber perdido vigencia, dado que la firma ha obtenido sentencia de cumplimiento.

En el escrito, el fiscal municipal también consigna una sentencia de 2020 de la Corte Suprema de Tucumán en la que se expresa que una invalidación debe responder a un fin práctico. “No resulta admisible la nulidad por la nulidad misma”.

Colombres finalizó: “no cabe duda alguna de que la preocupación manifestada por concejales debe ser disipada, toda vez que no existe posibilidad de nulificar la adjudicación hecha a Tecno Agro Vial, en razón de que no se encuentran acreditados los extremos para la procedencia de una declaración unilateral de nulidad”.

El jaldismo, en tanto, aguarda que la Justicia se expida ante las acciones de amparo que se impulsaron contra la firma. Además, pretenden sesionar la semana próxima por este tema.

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