Los tres interrogantes inéditos que se abren tras la renuncia de Manzur a su candidatura

A la espera del cese de la cautelar de la Corte nacional que suspendió los comicios, restan definir puntos clave para el proceso electoral.

EN CASA DE GOBIERNO. Juan Manzur, junto a la fórmula del PJ-FdT: Osvaldo Jaldo-Miguel Acevedo. Foto de Comunicación Pública EN CASA DE GOBIERNO. Juan Manzur, junto a la fórmula del PJ-FdT: Osvaldo Jaldo-Miguel Acevedo. Foto de Comunicación Pública

El gobernador Juan Manzur bajó su candidatura a vice del Frente de Todos (FdT) y exhortó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) a dictar el cese de la cautelar que derivó en la suspensión de los comicios provinciales. Y mientras la dirigencia peronista se reagrupa detrás de la fórmula Osvaldo Jaldo-Miguel Acevedo, en la escena política se abrieron tres interrogantes inéditos relacionados al proceso electoral.

1) Cómo y cuándo se reemplazará a Manzur en las boletas

El Gobierno considera que, tras el anuncio de Manzur de que no será parte de la contienda, desaparecieron los argumentos que habían llevado a poner en pausa el cronograma electoral.

Es que la cuestión de fondo en la acción de amparo promovida por Germán Alfaro (Juntos por el Cambio) ante la Corte nacional gira en torno a la constitucionalidad de la postulación de Manzur a vice, luego de haber cumplido dos mandatos consecutivos como titular del Poder Ejecutivo (PE).

De todos modos, tampoco alcanzaría con el levantamiento de la medida dispuesta por el alto tribunal para fijar una fecha de votación. Más allá de que en el gobierno se habla del 11 de junio, se deberá avanzar con una serie de actos administrativos respecto de los cuales no hay antecedentes, y en asuntos sin legislación específica en el orden local.

Por eso, pensando en lo que viene, en la Junta Electoral Provincial (JEP) deberán aguardar el eventual cese de la cautelar para conocer cuáles son los alcances de la resolución, y así establecer si corresponde reiniciar el proceso con el cronograma total o parcial.

Mientras tanto, el oficialismo -que ya formalizó sus planteos ante la Corte tras la dimisión de Manzur- debe cumplir con los pasos necesarios para reemplazar al ex jefe de Gabinete por el actual ministro del Interior de la Provincia.

La situación de un candidato a vicegobernador que haya declinado de participar pocos días antes de los comicios no está contemplada en el Régimen Electoral de la Provincia (Ley 7.876), ni en la Ley de Partidos Políticos (5.454), ni en la Constitución nacional. 

Se podría aplicar de manera supletoria el Código Nacional Electoral (CNE), que establece en el artículo 61° las pautas para el caso de renuncia, fallecimiento o incapacidad sobreviniente de un integrante de la fórmula presidencial.

Para el vicepresidente, expresa la normativa nacional, "la agrupación política que lo haya registrado, deberá proceder a su reemplazo en el término de tres días". ¿Podría avanzarse con esta disposición para el cargo de vicegobernador? Por lo pronto, el PJ ya piensa en activar los mecanismos partidarios para consolidar la fórmula Jaldo-Acevedo.

2) Quién se hará cargo de costear los nuevos votos

Sin Manzur en la fórmula, toda la tropa oficialista deberá imprimir nuevamente cientos de miles de boletas para la elección con la dupla Jaldo-Acevedo.

Pero esta situación no sólo afectará a la lista del Frente de Todos y sus decenas de "acoples".

Además, los partidos de la oposición se verían obligados a presentar nuevas boletas ante la JEP.

Sucede que las papeletas llevan inscripta la fecha original de los comicios, es decir, domingo 14 de mayo de 2023.

Por ello, dirigentes de fuerzas rivales al peronismo plantearon que, ante la situación generada por el fallo de la Corte nacional y en caso de que no se puedan utilizar los votos originales, sea el Estado provincial el que costee la impresión de la próxima tanda.

Según contó a LA GACETA un candidato, las imprentas no solo de Tucumán, sino de todo el NOA, se pusieron de acuerdo para cobrar un monto cercano a los $5 millones por un millón de papeletas.

Los partidos anotados para la contienda invirtieron montos distintos. 

Un dato clave es que el padrón electoral de Tucumán supera 1,3 millones de votantes. Así, para cubrir la totalidad de las mesas de una sección electoral, un armado tuvo que invertir al menos $1,5 millones. Imprimir los tres padrones y asegurarse el reemplazo de papeletas tiene un costo de unos $20 millones.

3) Qué sucederá con el cronograma electoral 

La Junta Electoral Provincial, integrada por Daniel Leiva, Edmundo Jiménez y Washington Navarro Dávila, resolvió tras la cautelar de la CSJN suspender el cronograma electoral vigente para los comicios del 14 de mayo, "sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos en el calendario electoral". 

Más allá de esta salvedad, uno de los interrogantes clave por estas horas es qué sucederá en el proceso de renovación de autoridades en curso.

En la JEP explicaron que se debe esperar la decisión de la Corte respecto al pedido formulado por el Gobierno para levantar la cautelar.

Sólo entonces se conocerán los alcances de la eventual medida del máximo tribunal.

A ello se sumará que, en caso de obtener el visto bueno de la CSJN para retomar el curso de los comicios, el Poder Ejecutivo deberá dictar un decreto con una nueva fecha de convocatoria.

Este escenario genera múltiples consultas. En principio, ya se superó el plazo para presentar candidaturas. Pero, ¿qué efecto tendría la "ventana" para inscribir la fórmula Jaldo-Acevedo para esta contienda? ¿Se habilitarán los cambios sólo para el caso del PJ-FdT, y en esta categoría? Se trata de un asunto de interés en ciertos espacios, ya que de hecho existen causas en trámite en el fuero contencioso provincial de dirigentes -como Jesús Salim, de Famaillá- que buscan ser incorporados en las nóminas oficializadas. 

Fuentes de la Junta explicaron que, en estos momentos, no es posible responder estas cuestiones. Las alternativas son complejas, y sólo comenzarán a vislumbrarse algunas definiciones una vez que la Corte de la Nación se pronuncie respecto a la suspensión de los comicios.

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