El ex juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), Juan Carlos Maqueda, expresó en duros términos su rechazo a la decisión del presidente Javier Milei de designar por decreto a Ariel Lijo y Manuel García Mansilla como miembros del máximo Tribunal. 

En una entrevista con el canal de Buenos Aires La Nación+, Maqueda calificó la actitud del mandatario como “horrible” y argumentó que no existe justificación constitucional para esta medida.

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“Da para el debate porque está al borde de la inconstitucionalidad. Creo que mientras esté contemplado en el texto de la Constitución, que está en el artículo 99, inciso 19, se puede llevar adelante en función de la legalidad que tiene eso. Pero no quiere decir que no sea cuestionado judicialmente y que no pueda haber otras opiniones, como las que hay, en cuanto a que este procedimiento está especialmente incorporado en la reforma constitucional de 1860″, expresó.

Y continuó: “A mí me pareció horrible el decreto, más allá de las dos personas que van a integrar la Corte Suprema, a las cuales las trato con sumo respeto porque yo soy un defensor de las instituciones democráticas y de la división de poderes, y no podría defender a la Corte y hablar mal de los futuros integrantes del máximo Tribunal. Por eso yo digo que es horrible la actitud del Poder Ejecutivo Nacional (PEN), del Presidente de la Nación, que a tres días de que comiencen las sesiones ordinarias toma esta decisión”.

Rechazo al argumento libertario

Maqueda se refirió al argumento del gobierno de Milei, que incluyó el cuestionamiento al Senado por “dilatar”, supuestamente, el tratamiento de las postulaciones. Al respecto, el exministro del máximo Tribunal criticó que el Poder Ejecutivo haya decidido avanzar con el decreto como consecuencia de que las candidaturas no llegaran a recinto durante el año. “No sé en qué lugar de la Constitución lo dice... Esto no es así. Los pliegos tienen que seguir en el Senado, se tiene que seguir dialogando y buscando acuerdos”, aclaró.

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Facultad del Senado

Maqueda subrayó que, conforme a la ley, es el Senado quien tiene la facultad de rechazar estas designaciones a los largo del período 2025 y que los antecedentes jurisprudenciales respaldan esta posibilidad. En este sentido, recordó que, en el pasado, durante la presidencia de Mauricio Macri, las designaciones de Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz se ajustaron a la Constitución, ya que los pliegos fueron enviados al Senado para su debate, lo que no ocurrió con los nombramientos recientes de Milei.

“El artículo 99 inciso 19 le permitía, sin tacharlo directamente de inconstitucional, al Poder Ejecutivo sacar este decreto nombrando en comisión a dos jueces. De la misma manera hay antecedentes jurisprudenciales en los que la Corte se ha expedido en que si la Cámara alta trata un pliego y lo rechaza, el juez debe dejar de prestar funciones en el mismo momento. Lo que establece la Constitución es un límite”.

El ex juez también resaltó que “la segunda gran diferencia es que Macri esto lo hizo a los 10 días de haber asumido y cuando no se daba el debate que se da hoy en el que este decreto -que no considero que sea de necesidad y urgencia- se lleva a cabo a tres días de que comiencen las sesiones ordinarias. La gran diferencia de esto es que tanto Rosatti como Rosenkrantz estuvieron en un término de tres o cuatro meses en el Congreso, específicamente en el Senado, cumpliendo con la manda constitucional. Y así pudieron integrar a la Corte en paridad con los otros cortesanos”.