Empleadas domésticas: cuáles son los dos montos extra que recibirán en octubre

Además, cuáles son las categorías y cuál es el monto mínimo a cobrar por hora.

Empleadas domésticas: cuáles son los dos montos extra que recibirán en octubre
23 Septiembre 2023

El mes próximo, el personal de casas particulares percibirá una doble suma como producto del acuerdo por acuerdos salariales. En tanto uno forma parte de un incremento en el propio sueldo, el otro aumento es el correspondiente al bono que oficializó el Gobierno.

Meses atrás se pautó un aumento del 36% en el salario de empleadas de casas particulares. El monto debía ser abonado en tres cuotas, dos de las cuales se pagaron entre agosto y septiembre –correspondientes a salarios de julio y agosto, respectivamente–. La tercera cuota de 8% –correspondiente a septiembre–, será remunerada en la fecha de pago del mes próximo.

El bono, por su parte, estableció el pago de una asignación no remunerativa en dos cuotas por un total de hasta $25.000 en relación a las horas trabajadas. La primera cuota se pagó este mes y, la segunda, llegará el mes próximo.

Cuáles son las categorías de las empleadas domésticas

Supervisor y Supervisora: coordina y controla las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo;

Personal para tareas específicas: cocineros y cocineras contratados en forma exclusiva para desempeñar esa labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal;

Caseros y caseras: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda, donde habita debido a su actividad y por el contrato de trabajo;

Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y el cuidado no terapéutico de personas tales como, personas enfermas, con discapacidad, niños, niñas y adolescentes, adultos mayores;

Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

Los montos a cobrar dependerán de la actividad que cada trabajador/a realice y de si tiene un régimen con retiro o sin retiro del lugar de trabajo. Además, si una persona realiza tareas de diferentes categorías, deberá percibir un sueldo correspondiente al de la tarea mejor remunerada.

Según el Ministerio de Trabajo, a las personas que realizan tareas generales en casas particulares y están contratadas por horas o por jornada les corresponde los siguientes montos:

- Por hora con retiro: $1055,11

- Por hora sin retiro: $1138,43

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