Ley de jubilaciones: el sistema previsional en el tiempo

Ley de jubilaciones: el sistema previsional en el tiempo

Nuestro sistema actual existe desde el año 1994, en que entró en vigencia a través de la Ley 24.241 y, desde allí, atravesó un sinfín de modificaciones.

Año 1995

Con la entrada en vigencia de nuevas leyes, completarías al sistema, se puso un tope en la jubilación máxima, aplicando la Ley de Solidaridad previsional para con el mismo sistema, es decir quienes deberían percibir más de la Jubilación máxima, cobran el tope y el excedente se descuenta como aporte al sistema. Esto significa que hay trabajadores que aportan en la etapa activa y una vez jubilados, siguen aportando el excedente del haber máximo previsional.

Por otro lado, en diciembre del mismo año entró en vigencia la Ley del derecho de acrecer, como una ley complementaria más, por la cual a medida que los beneficiarios de pensión por fallecimiento van cumpliendo la mayoría de edad o fallecen, el haber de la pensión se acrecienta al resto de los titulares.

Año 2008

Se elimina el régimen de capitalización, pasando a ser el Estado Nacional a través de Anses único administrador de los aportes de los trabajadores, dejándose expresamente fuera del sistema a quienes cobran sus prestaciones a través de una renta vitalicia previsional.

Año 2009

Se sanciona la ley de movilidad previsional en pos de dar cumplimiento a una garantía constitucional, por la cual los titulares de beneficios previsionales, deben tener aumentos en las prestaciones que perciben. Con el correr del tiempo, esta ley sufrió varias modificaciones, ya sea en la fórmula de cálculo de la movilidad o en la frecuencia de cobro de los aumentos, pasando de seis meses a tres meses y viceversa, en varias ocasiones; incluso tuvimos suspendida su aplicación durante todo el año 2020.

Este año además, la movilidad de los regímenes especiales que siempre tuvo una frecuencia semestral, pasó a ser trimestral como el régimen común o general.

Año 2018

La Reforma previsional trajo aparejada una elevación voluntaria de la edad jubilatoria para empleados de empresas privadas, y lo más importante fue la incorporación del índice inflacionario en la fórmula de movilidad y la garantía del 82% del salario mínimo vital y móvil para quienes se jubilaron con los 30 años de aportes !

Otras reformas

Además de las modificaciones mencionadas, tuvimos hasta ahora tres leyes del moratoria previsional, reparación histórica nacional, creación de la PUAM, reconocimiento de años de aportes por tarea de cuidado, prestación anticipada por desempleo, entre otros, El derecho previsional es sin dudas la rama más dinámica del derecho , en solo 30 años de vigencia ya tuvo innumerables cambios y seguramente estaremos próximo a enfrentar nuevas modificaciones.

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