Ordenan que no se cobre el impuesto de Sellos a tarjetas

El fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo será recurrido por el Poder Ejecutivo ante la Corte Suprema de Justicia de la Provincia. Fundamentos de la presentación.

TARJETAS. La Justicia declara la inconstitucionalidad del cobro de Sellos. TARJETAS. La Justicia declara la inconstitucionalidad del cobro de Sellos.

La Justicia declaró la inconstitucionalidad del cobro de Impuesto de Sellos a los resúmenes de tarjetas de crédito.

En un fallo dictado el 31 de julio pasado, la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de Tucumán declaró la inconstitucionalidad del cobro del Impuesto de Sellos en los consumos, que registran mensualmente los ciudadanos, en los resúmenes de cuenta de sus tarjetas de crédito. Ordenó también, al fisco provincial, a reintegrar al actor todos los montos percibidos indebidamente, desde 2004. La decisión fue adoptada en la causa caratulada “Bustos Thames, Juan Pablo Vs. Provincia de Tucumán S/Contencioso Administrativo”, Expediente Nº 30/14. Desde la Fiscalía de Estado se confirmó que se recurrirá, por segunda vez, a casación, con el fin de que la medida de la Cámara quede sin efecto. Esto implicará que el cuerpo de profesionales del Estado, liderado por la fiscal Gilda Pedicone de Valls, le pida a la Corte Suprema de Justicia de la provincia que se expida al respecto.

El segundo párrafo del artículo 257, de la Ley Provincial Nº 5121 dispone gravar con el 1% los consumos de las tarjetas de crédito; en forma similar a lo que venían haciendo otras jurisdicciones. Este tributo se viene percibiendo forzosamente de todos los contribuyentes tucumanos, desde la gestión de José Alperovich, explicó el abogado Juan Pablo Bustos Thames. Sin embargo, a medida que los reclamos de los ciudadanos fueron arribando a los Tribunales, la Corte Suprema de Justicia de la Nación fue declarando la improcedencia de tales cobros consideró.

“Esta sentencia sigue la misma línea que otra, ya emitida en la misma causa, por parte de la Sala III del mismo Tribunal; que fuera dejada sin efecto, por cuestiones formales, por la Suprema Corte de la Provincia de Tucumán; cuerpo conformado mayoritariamente por ex Fiscales de Estado de la Provincia (Jefes de los abogados del Estado Provincial), designados todos ellos por los ex gobernadores José Jorge Alperovich y Juan Manzur; que favorecieron claramente a la Provincia en esa resolución”, recordó Bustos Thames, que también se desempeña como director del Centro de Investigaciones Tucumán (CIT) de la Fundación Federalismo y Libertad.

Al profesional le llama la atención la demora de la Justicia tucumana en pronunciarse (este caso lleva litigándose durante 10 años, acota). “Es de esperar que el Gobierno Provincial recurra esta resolución. En ese caso, todos los focos estarán puestos, nuevamente, en la Suprema Corte provincial”, indicó. Desde el Ministerio de Economía, a cargo de Daniel Abad, también se expresó que se reclamará al máximo tribunal que se expida en favor de la provincia para la vigencia plena del cobro del impuesto.

El abogado e ingeniero en sistemas de información, que obtuvo este fallo favorable, por derecho propio, recordó a nuestro diario que Federalismo y Libertad ha presentado ante el Gobierno provincial un proyecto que propugna la eliminación, entre otros tributos, del Impuesto de Sellos en los resúmenes de las tarjetas de crédito; en sintonía con lo resuelto por la Cámara en lo Contencioso-Administrativo en este nuevo pronunciamiento.

El Impuesto de Sellos, establecido en el artículo 235 del Código Tributario Provincial, grava actos, contratos y operaciones de carácter oneroso o susceptibles de apreciación económica e instrumentados por las operaciones monetarias que representen entregas o recepciones de dinero que devenguen interés, efectuadas por entidades financieras regidas por la Ley 21.526, que se realizarán en el territorio de la Provincia. Ahora bien, el artículo 257 de nuestro Código Tributario Provincial (Ley Nº 5121) grava con este impuesto también a las “Operaciones realizadas con Tarjetas de Crédito o de Compra”, en cuyo caso, en la propuesta de reformas políticas, económicas y fiscales, la fundación ha señalado que, si bien el Impuesto de Sellos está previsto en la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos, resulta inconstitucional y violatorio del artículo 9, inciso b), punto 2) de esa ley, en cuanto grava a las tarjetas de crédito y, en especial, el resumen periódico.

Federalismo y Libertad recordó que Sellos debería haber desaparecido como se encontraba previsto en el Pacto Fiscal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento firmado por la Nación y las provincias al disponerse para toda operatoria financiera y de seguros institucionalizada destinada a los sectores agropecuario, industrial, minero y de la construcción e ir abarcando gradualmente al resto de las operaciones y sectores de la forma que determine cada provincia. Eso debió haberse cumplido el 30 de junio de 1995. Por el contrario, su uso se fue ampliando en las distintas jurisdicciones subnacionales.

Un ejemplo de esa vigencia fue la reciente modificación introducida a la Ley Impositiva Nº 8.467, mediante Ley Nº 9.727 del 22 de diciembre de 2023, por la que se incorporan al gravamen “los actos que tengan por objeto la transmisión de la propiedad de automotores 0 KM en general”.

“Sería deseable que el gobernador Osvaldo Jaldo, en sintonía con los nuevos tiempos, impulse la derogación de este tributo inconstitucional, que grava abusivamente a todos los contribuyentes tucumanos”, finalizó Bustos Thames.

Recaudación: Sellos, el segundo de mayor relevancia

Con una recaudación de $ 19.865 millones acumulada durante el primer semestre del año, Sellos es el segundo impuesto provincial de mejor comportamiento en los ingresos. Representa casi el 7% del total de los ingresos que la Dirección General de Rentas ha cobrado durante la primera mitad de este 2024. Pese a la recesión, Ingresos Brutos sigue siendo la gallina de los huevos de oro, al aportar $ 241.436 millones de la recaudación general. Esto implica un 84,6% de los ingresos del semestre que llegaron a los $ 285.480 millones.

El caso porteño: el fin de un tributo regresivo

En 2023, tras obtener un fallo favorable en la Justicia para recuperar los fondos de coparticipación que le habían quitado, el gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) dejó de cobrar el impuesto de Sellos a los usuarios de tarjetas de crédito. La alícuota era del 1,2% del total de pagos con la tarjeta. En aquel momento, cuando el alcalde era Horacio Rodríguez Larreta, se mencionó un proyecto de ley para una devolución de los fondos percibidos a los contribuyentes.

Casi sin fondos discrecionales a las provincias

Una disminución real del 94,6% durante julio

Las transferencias no automáticas del Estado nacional en etapa Devengadas a las 24 jurisdicciones subnacionales del país totalizaron $ 21.164 millones registrando en julio pasado una variación negativa del 80,2% nominal interanual; al descontar la inflación proyectada del mes (un 4%), estos envíos exhiben una baja real del 94,6% interanual, según un informe de Politikon Chaco. A su vez, las transferencias no automáticas en etapa Pagadas totalizaron $ 90.37 millones: una caída del 38% interanual nominal y del 82,9% interanual en términos reales, puntualiza el diagnóstico privado.

Disparidades en la distribución

Según Politikon Chaco, los valores finales de las transferencias no automáticas marcaron un hito durante julio, aunque por características distintas: vistas por volumen de pesos corrientes, las devengadas fueron las más bajas de lo que va del año; por el contrario, las pagadas fueron las más altas en lo que va de 2024. Por ende, los envíos devengados vieron la peor caída real interanual del año, al tiempo que las pagadas, pese a su volumen, siguen cayendo en niveles superiores al 80%. De todas maneras, el Estado nacional redujo la deuda acumulada a lo largo del período (entre lo devengado y lo realmente pagado a cada distrito).

¿Para qué se repartió recursos en la provincia?

En el caso particular de Tucumán, el Gobierno nacional ha devengado durante julio unos $ 753 millones, pero se realizaron pagos del período y de anteriores por $ 3.911 millones. De ese total, alrededor de $ 2.379 millones fueron destinados a los comedores escolares. También se pagaron unos $ 750 millones en el marco del Proyecto de Cobertura Universal de Salud Efectiva (BIRF). Asimismo, la asistencia a municipios para infraestructura social tuvo una partida de $ 415 millones. La Nación, finalmente, giró otros $ 367 millones para diversas finalidades.

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