Columna previsional: movilidad, un laberinto de normas e incertidumbre

Columna previsional: movilidad, un laberinto de normas e incertidumbre

Desde 2008, nuestros jubilados han estado sometidos a un constante cambio de reglas legales relacionadas con la movilidad previsional, multiplicidad de normas, entre leyes y decretos, han sido derogadas, modificadas o suspendidas y puestos en vigencia en reemplazo de otros, incluyo leyes vetadas por el Poder Ejecutivo en su momento y tal vez en estos días seamos testigos de un nuevo veto total de la última ley sancionada, generando un escenario de incertidumbre y desasosiego constante para nuestros jubilados y pensionados

Después de 15 años, aún no contamos con una ley definitiva que brinde tranquilidad, seguridad y certeza a quienes más lo necesitan. La ley actual, recientemente sancionada por el Congreso de la Nación, no es la excepción. Aunque intenta abordar el tema, solo considera el índice de precios al consumidor como variable, lo que resulta insuficiente. Peor aún, si este índice no fuera suficiente, los jubilados tendrían que esperar todo un año para que se aplique un ajuste adicional; el que como desarrollamos en columna de la semana pasada, representaría el 50% de la diferencia entre los aumentos de sueldos de trabajadores formales y el aumento de los jubilados del último año calendario.

Es inaceptable que nuestros jubilados tengan que esperar tanto tiempo para recibir un ajuste que les permita mantener el poder adquisitivo de sus haberes. Es hora de poner fin a este laberinto de normas y otorgarles a los beneficiarios del sistema la estabilidad que se merecen. Es hora de una ley de movilidad jubilatoria clara, justa y duradera que considere múltiples variables y ajustes periódicos para garantizar la tranquilidad y seguridad de quienes más lo necesitan.

Los titulares de beneficios previsionales merecen un marco legal estable, que les permita planificar su futuro, saber con certeza cuánto van a percibir, cada cuánto tiempo y de qué porcentajes serán los aumentos y no depender de la decisión política de un gobierno que otorgue o no un bono adicional de manera discrecional y sólo a un determinado sector del universo de pasivos.

Desde marzo de este año, por DNU 274/24 las jubilaciones y pensiones del régimen común aumentan cada mes por índice de precios al consumidor, en este caso el informado de dos meses anteriores, o sea el del mes de julio del 2024. Por ello en el mes de septiembre los jubilados y pensionados tendrán un aumento del 4,0% y en el caso de los beneficios de hasta un haber mínimo, el gobierno nacional confirmó recientemente un bono adicional de $70.000, quedando de lado nuevamente quienes perciben haberes superiores.

A su vez, en el mes de septiembre coincide la frecuencia de aumento de los regímenes especiales, quienes tienen su movilidad trimestral en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre.

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