Estafas piramidales: “Hay que plantear una reforma del Código Penal que contemple las criptomonedas y ciberdelitos”

Un abogado experto en estafas piramidales hizo un análisis de la legislación actual que regula a las firmas y a las aplicaciones digitales en el país

MODERNIZAR. Plantean necesario actualizar la regulación de ciberdelitos. MODERNIZAR. Plantean necesario actualizar la regulación de ciberdelitos.

Las estafas piramidales que operan a través de plataformas digitales no son una novedad sino que arribaron al país hace varios años. El caso de la firma PEK Capital, sospechada de haber estafado a más de 4.000 habitantes del sur tucumano, principalmente de Aguilares y Concepción, se suma a una larga lista de causas complejas que son investigadas por la Justicia Ordinaria y la Justicia Federal. Pese al tiempo que llevan instaladas en el país y al número de casos registrados, quienes afrontan este tipo de investigaciones afirman que el mayor inconveniente que advierten al hacer su trabajo es que hay una legislación mínima y obsoleta para regular a estas plataformas y velar por la integridad de los usuarios.

Adolfo Suárez Erdaire es un abogado con experiencia en la materia. Actualmente está representando a más de un centenar de vecinos de la localidad bonaerense de San Pedro que habrían caído en la red de engaños y falsas promesas que prometía la firma RainbowEx, al operar con criptomonedas. El profesional en diálogo con LA GACETA explicó cuáles son los puntos débiles en cuanto a prevención y control de estas aplicaciones y las herramientas con las cuentan los investigadores.

“La legislación no está acorde a estas plataformas, está desactualizada. Tenemos que prevenir de alguna manera a través del Ministerio de Seguridad la aplicación de estas APP y del Ministerio de Justicia modificar el Código Penal porque los artículos que contemplan estos delitos quedaron vetustas. Hoy para nosotros que tenemos que hacer todo un sistema de investigación de ciberdelito nos encontramos con herramientas de rengos”, sostuvo Suárez Erdaire.

Algo que caracteriza a estas firmas y a las monedas digitales es que tienen un sistema más descentralizado a diferencia del dinero fiduciario y de las entidades bancarias o billeteras virtuales que suelen estar reguladas por una entidad monetaria, como lo es el Banco Central. “Lo que nosotros vemos es que hay un enorme vacío. Se supone que quienes se encargan del control son la Comisión Nacional de Valores (CNV) y la Inspección General de Justicia (IGJ), pero en realidad el Estado está ausente hace tiempo”, dijo el representante legal.

Falta de legislación

Suárez Erdaire explicó que la falta de control no es el único inconveniente sino que también hay problemas al momento de velar por los derechos de los damnificados ya que este tipo de delitos avanzaron rápidamente y las leyes y herramientas con las que cuentan los abogados, fiscales y jueces quedaron anticuadas. “Tenemos el mismo código hace años con alguna que otra modificación. El delito de intermediación y lavado de activos parte de una pena de cuatro años. Los artículos 172 y 173 que hablan de estafas y defraudaciones contempla seis años de prisión. Estas son penas irrisorias frente al delito que se comete y al daño económico que causan”, señaló.

“Es necesario poder plantear una reforma profunda y seria del Código Penal en lo que hace al tema de las plataformas digitales, criptomonedas y ciberdelitos para poder implementarlo en los procesos e investigaciones”, planteó. También dijo que además de cambiar las leyes y el Código Penal es importante capacitar a quienes abordan estos delitos para que tengan las herramientas necesarias al hacer su trabajo.

Alerta

El profesional también detalló algunos aspectos a los que los usuarios tienen que prestar atención por si se encuentran ante un posible caso de estafa piramidal.

Porcentaje de ganancias: “Lo más importante es estar alerta a los porcentajes y no ser ilusos. Si la Reserva Federal de Estados Unidos está dando un 10% anual no te pueden dar un 2% en dólares de ganancia por día”, indicó.

Identidad del SEO: “Siempre que se presente alguien como el supuesto SEO de la firma hay que buscarlo en internet para chequear si tienen causas en otros países, si son actores o de dónde vienen. En muchos casos son o actores extranjeros pagados, o personas con causas abiertas en otros países.

Sede física: la mayoría de estos grupos se manejan de manera virtual, con una aplicación y envían indicaciones por Telegram. Si no tienen un lugar físico no tienen a dónde ir a reclamar o poner un pie firme”, recomendó.

Comentarios