Nuevos jueces en la Corte: solicitaron anular las designaciones de Lijo y de García-Mansilla

Un grupo de ONGs pidió que se declare la inconstitucionalidad del decreto de Milei.

Nuevos jueces en la Corte: solicitaron anular las designaciones de Lijo y de García-Mansilla
05 Marzo 2025

La polémica por las designaciones del abogado Manuel García-Mansilla y del juez Ariel Lijo como miembros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) continúa. Hoy, un grupo de organizaciones no gubernamentales presentó una medida cautelar para que se declare inconstitucional el decreto del presidente Javier Milei.

El documento fue suscripto por la Fundación Poder Ciudadano, la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (Acij), el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip) y el Centro de Estudios Legales y Sociales.

Las ONGs, en el escrito, pidieron declarar la inconstitucionalidad del Decreto 137/2025 y que “se deje sin efecto la designación de magistrados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sin la debida observancia de los mecanismos constitucionales correspondientes”. Y que como medida cautelar “se suspenda la toma de juramento de Ariel Oscar Lijo y se impida que Manuel José García-Mansilla se aboque al estudio y decisión de todas las causas”.

García Mansilla y Lijo fueron designados por Milei mediante un decreto en comisión al amparo del artículo 99, inciso 19, de la Constitución Nacional, que permite al Presidente designar a empleados que requieran acuerdo del Senado cuando el Congreso esté en receso y por el lapso del año parlamentario. La semana pasada, la CSJN le tomó juramento a García-Mansilla, con lo que implícitamente reconoció la constitucionalidad de su designación. En cuanto Lijo resolverá mañana si le otorga o no una licencia para que pueda jurar en el cargo. Mientras el Senado analiza si se reúne para votar los pliegos, lo que los pone a ambos en riesgo de ser revocados.

Las entidades dijeron que los decretos violan la Constitución, que prevé un mecanismo específico para nombrar jueces de la Corte y el “la independencia judicial que es un principio básico del sistema republicano de Gobierno y todas las instituciones gubernamentales deben respetar y acatar la independencia de la judicatura”.

Polémica por las designaciones por decreto

Los abogados de estas organizaciones dijeron que el decreto 137/2025 viola la independencia judicial, se aparta del procedimiento ordinario para la designación de los jueces y por “eso pesa sobre ella una fuerte presunción de inconstitucionalidad”. Además, señalaron que “no hay un evidente interés público” que esté “asociado a una gravedad institucional tal que hiciera impostergable la designación de magistrados en la Corte Suprema de Justicia” y que hicieran imposible usar el mecanismo ordinario de designación, que incluye la intervención del Senado.

“El procedimiento constitucional ordinario de designación de jueces de la Corte Suprema es aquel previsto en el art. 99 inc. 4, en tanto asegura el acuerdo previo e ineludible del Senado de la Nación, tal como lo exige la regla de la Constitución Nacional, y debe ser priorizado por sobre cualquier otro mecanismo de designación”, señaló el texto de las organizaciones, consignó un artículo del diario La Nación.

Explicaron que el mecanismo que usó Milei es excepcional y debe estar motivado por una causa de interés público que no se da. “No cabe duda alguna de que debe pesar sobre esta medida una fuerte presunción de inconstitucionalidad”. Reforzaron su pedido con el argumento de que de las dos vacantes, solo una se produjo durante el receso del Senado, y la otra se produjo ante un hecho claramente previsible, como la salida del juez Juan Carlos Maqueda, con lo que no se dan los extremos del artículo 99, inciso 19, de la Constitución que debe ser aplicado de manera restrictiva y no amplia.

“Toda vez que el texto de la Constitución Nacional exige que la ocurrencia de la vacancia suceda por fuera del período ordinario de sesiones, no puede considerarse que exista ninguna circunstancia habilitante para la utilización de la norma constitucional bajo análisis”, cerró el escrito de las ONGs.

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