Caso Érika: Justina Gordillo seguirá detenida en Delfín Gallo

El juez Bernardo L’Erario Babot no dispuso el cese de preventiva solicitado por la defensa.

SITUACIÓN JUDICIAL. Gordillo fue sometida a tres meses de preventiva el pasado 3 de febrero. SITUACIÓN JUDICIAL. Gordillo fue sometida a tres meses de preventiva el pasado 3 de febrero.
Micaela Pinna Otero
Por Micaela Pinna Otero 07 Marzo 2026

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La Justicia rechazó el pedido del cese de la prisión preventiva que pesa sobre Justina Gordillo, imputada por haber encubierto el crimen de Érika Antonella Álvarez. De esta forma, la ex pareja de Felipe “El Militar” Sosa continuará cumpliendo la medida de coerción de mayor intensidad alojada en el Complejo Penitenciario de Delfín Gallo. Sus defensores informaron que impugnarán la resolución.

Gordillo fue sometida a tres meses de preventiva el pasado 3 de febrero. El jueves, sus abogados Florencia Abdala y Camilo Atim solicitaron que la medida cautelar fuera revocada o en su defecto, morigerada bajo el cumplimiento de arresto domiciliario. Al fundamentar su postura mencionaron una serie de evidencias que se produjeron en el último tiempo (registros fílmicos, comunicaciones telefónicas, geolocalizaciones, circunstancias del vehículo y la declaración de la imputada) se encontrarían debilitados los riesgos procesales que se tuvieron en cuenta al momento de ordenar su privación de libertad en febrero.

El titular de la Fiscalía de Homicidios I, Pedro Gallo, y el querellante Carlos Garmendia se opusieron al pedido. El juez Bernardo L’Erario Babot había dispuesto un cuarto intermedio hasta ayer para analizar los elementos presentados.

Investigación en pleno desarrollo

Minutos antes de las 13, reunió a las partes y les informó que no haría lugar al planteo de la defensa. En su resolución el juez analizó los distintos planteos realizados por la defensa, se refirió a las evidencias presentadas y dijo que la investigación se encuentra en pleno desarrollo y que la valoración subjetiva de los elementos producidos no pueden realizarse durante una instrucción en curso.

“Las conclusiones que la defensa pretende de derivar de dichos elementos constituyen, por lo tanto, una hipótesis interpretativa propia de la estrategia procesal que no puede ser considerada como un dato objetivo o indiscutible capaz de modificar los presupuestos cautelares previamente establecidos”, sostuvo en primera instancia.

El jueves, Abdala y Atim dijeron que la declaración que realizó Gordillo ante la Fiscalía ayudó a identificar y a detener a Nicolás Navarro Flores y a Jorge “Chicho” Díaz, algo que fue rotundamente negado por Gallo. Babot se refirió a este punto y dijo que “dicha manifestación constituye por el momento una exposición unilateral de la imputada, cuya verificación y corroboración se encuentra pendiente”.

Por último afirmó que la defensa no acreditó que los riesgos procesales se hayan neutralizado al punto de poder morigerar la medida cautelar vigente. “El volumen de información introducida no resulta por sí misma sinónimo de calidad o contundencia probatoria, especialmente cuando las conclusiones a las que se llega dependen de interpretaciones parciales o controvertidas, que aún no fueron verificadas”, concluyó. Tras escuchar los argumentos del fallo, Abdala y Atim adelantaron que impugnarán la nueva sentencia.

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