Un juez notificó a los peritos que actuarán en la millonaria demanda por la obra de El Cadillal

El Gobierno de Tucumán busca recuperar lo invertido -se estima un monto de $15.600 millones- y reclama los fondos a la concesionaria del dique.

DIQUE CELESTINO GELSI. Las reparaciones fueron sometidas a prueba en las últimas tormentas. Foto de Archivo LA GACETA / Diego Aráoz DIQUE "CELESTINO GELSI". Las reparaciones fueron sometidas a prueba en las últimas tormentas. Foto de Archivo LA GACETA / Diego Aráoz
Luis María Ruiz
Por Luis María Ruiz 21 Marzo 2026

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La millonaria demanda promovida por la Provincia contra Hidroeléctrica Tucumán SA, la empresa concesionaria del complejo hidroeléctrico de El Cadillal, registró avances en la etapa de producción de pruebas.

El Gobierno apunta a recuperar los fondos invertidos en la reparación de la presa lateral N° 3 del dique. Y mientras en el Poder Ejecutivo confían en los “sólidos informes técnicos” aportados para demostrar la necesidad de llevar adelante los trabajos y de mantener en condiciones el complejo “Celestino Gelsi”, la firma parece llevar adelante la estrategia de demostrar su insolvencia para hacerse cargo de los costos de la obra, a la vez de argumentar que no era su responsabilidad concretar tales trabajos, algo que llevó a incluir al Estado nacional como codemandado en la causa.

En este marco, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°1, con sede en Buenos Aires, resolvió rechazar la oposición formulada por el Gobierno tucumano y por Estado nacional con relación a la prueba pericial ofrecida por la compañía.

En consecuencia, el juez federal Enrique Alonso Reguera, a cargo del expediente, ordenó la designación de tres peritos a través del sistema único de administración de peritos y martilleros creado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). Estos profesionales, según la resolución, “deberán expedirse respecto a todos los puntos de la pericia ofrecidos por la demandada”.

Los técnicos que actuarán, según consta en el expediente, serán Paola Coccia (perito contadora), Florencia Victoria López Marcomini (perito geóloga) y Martín Torres (perito ingeniero hidráulico), quienes tienen un plazo de 20 días hábiles para presentar los respectivos informes.

Fondos millonarios

La medida fue tomada en el marco del proceso que implica la demanda más importante desde el punto de vista económico promovida por la Provincia, a través de la Fiscalía de Estado que conduce Gilda Pedicone.

El objetivo de la Casa de Gobierno es recuperar los fondos invertidos en la reparación de la presa lateral N° 3 del “Celestino Gelsi”. Según las estimaciones oficiales, se destinaron unos $15.300 millones -a valores de diciembre pasado- a las dos etapas del proyecto, ejecutado a partir del verano de 2023. De todos modos, la cifra definitiva podría ser actualizada a lo largo de este juicio, tal como sucedió con anterioridad (el monto ya fue ampliado en dos oportunidades).

Con la apertura del período de pruebas, las partes -la Provincia como actora; Hidroeléctrica Tucumán SA y Estado nacional como codemandados- aportaron distintos informes y elementos para sustentar sus argumentos.

En octubre pasado, la Fiscalía de Estado se opuso a la prueba pericial contable y a la prueba pericial técnica geológica que había ofrecido la empresa concesionaria del dique, por considerar que ambas “resultan manifiestamente improcedentes, inconducentes e inadmisibles”. Con relación a los informes contables, además, la Provincia aseveró que los puntos sometidos al dictamen profesional (evolución de la ecuación económica financiera de la concesión, relación entre ingresos y costos, utilidad anual de la empresa) son “absolutamente ajenos a la cuestión debatida”. Y en alusión a la pericial técnica, el Gobierno tucumano sostuvo que es “notoriamente incongruente con el objeto de la litis, pues pretende trasladar el eje del debate hacia cuestiones técnicas e históricas ajenas al incumplimiento alegado y al marco de responsabilidad que se ventila en autos”, según citó el juez federal en su resolución.

Hidroeléctrica Tucumán SA, en su respuesta, sostuvo que el objetivo de la pericial contable es “demostrar que el quebranto de la ecuación fue de tal magnitud que se encontraba, y se encuentra a la fecha, impedida de llevar adelante la obra mencionada, siendo exclusivamente responsable por tal situación el Estado nacional que, con su política de precios, no sólo ha modificado sustancialmente los términos del negocio tenidos en cuenta por su parte al asumir las obligaciones contractuales, sino también la ha llevado a un estado de pérdida durante los últimos años”.

En cuanto a la prueba pericial técnica geológica, la empresa asegura que “es absolutamente necesaria y conducente para determinar quién es el que debe afrontar el pago de la condena, en el hipotético e improbable caso de que la demanda sea aceptada y se condene a alguno de los demandados a abonarla”.

Los argumentos

Al valorar los argumentos de las partes, el juez federal recordó que, según la normativa procesal, “en general una prueba es improcedente o impertinente cuando no se refiere a los hechos articulados y controvertidos por las partes, debiéndose desechar aquellas que fueren manifiestamente improcedentes o superfluas o meramente dilatorias”.

“Teniendo en cuenta que las pruebas pericial contable y pericial técnica geológica ofrecidas (...) por la demandada Hidroeléctrica Tucumán SA se vinculan con los hechos controvertidos en autos; y en virtud del principio de amplitud probatoria, cabe concluir que la producción de las mismas no resulta manifiestamente inconducente y, por tanto, procede ordenar su producción”, consignó el magistrado.

Además, advirtió que se debe contemplar “el derecho” que asiste a las partes en litigio “de acreditar los hechos que aleguen en favor de sus respectivas posiciones”. Por todo ello, en la resolutiva, dispuso el rechazo de las oposiciones planteadas contra las pruebas ofrecidas por la concesionaria del dique; y avanzar con la designación de los peritos que actuarán en esta demanda.

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