27 Agosto 2010
CONTROL. Se monitorea la presencia del insecto transmisor y los hospederos.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) a través de la Resolución 543/2010 estableció el procedimiento para el movimiento de fruta fresca y de material de propagación vegetal entre provincias con distinta condición fitosanitaria respecto al Huanglongbing, una enfermedad que mata a los cítricos.
La norma tiene por finalidad fortalecer los mecanismos de prevención fitosanitaria para evitar el ingreso del HLB (ex greening), al territorio argentino. En este sentido y según los trabajos de monitoreo para determinar la presencia del insecto vector de la enfermedad (Diaphorina citri), como la de plantas cítricas y hospederos alternativos infectados por la bacteria (Candidatus Liberibacter sp.) causante del HLB, las provincias fueron clasificadas en categorías:
1) Ausencia de Diaphorina citri y Candidatus Liberibacter sp. en plantas cítricas y/o hospederos alternativos: Buenos Aires, Catamarca, Córdoba, Chubut, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Neuquén, Río Negro, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tucumán y Tierra del Fuego.
2) Presencia de Diaphorina citri, sin Candidatus Liberibacter sp. en insecto vector, plantas cítricas y/o hospederos alternativos: Corrientes, Chaco, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, Misiones y Salta.
3) Con detecciones positivas en plantas cítricas y/o hospederos alternativos: ninguna provincia.
Según las categorías, el movimiento de fruta fresca y material de propagación vegetal será: desde provincias con condición 2 y 3 hacia la de categoría 1: queda prohibido trasladar fruta cítrica sin previo proceso; el traslado de fruta cítrica procesada, a granel o en bines; el traslado de fruta cítrica procesada en cajas o cajones terminados y de fruta no cítrica.
La norma advierte que quienes la incumplan serán pasibles de las sanciones previstas.
La norma tiene por finalidad fortalecer los mecanismos de prevención fitosanitaria para evitar el ingreso del HLB (ex greening), al territorio argentino. En este sentido y según los trabajos de monitoreo para determinar la presencia del insecto vector de la enfermedad (Diaphorina citri), como la de plantas cítricas y hospederos alternativos infectados por la bacteria (Candidatus Liberibacter sp.) causante del HLB, las provincias fueron clasificadas en categorías:
1) Ausencia de Diaphorina citri y Candidatus Liberibacter sp. en plantas cítricas y/o hospederos alternativos: Buenos Aires, Catamarca, Córdoba, Chubut, La Pampa, La Rioja, Mendoza, Neuquén, Río Negro, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tucumán y Tierra del Fuego.
2) Presencia de Diaphorina citri, sin Candidatus Liberibacter sp. en insecto vector, plantas cítricas y/o hospederos alternativos: Corrientes, Chaco, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, Misiones y Salta.
3) Con detecciones positivas en plantas cítricas y/o hospederos alternativos: ninguna provincia.
Según las categorías, el movimiento de fruta fresca y material de propagación vegetal será: desde provincias con condición 2 y 3 hacia la de categoría 1: queda prohibido trasladar fruta cítrica sin previo proceso; el traslado de fruta cítrica procesada, a granel o en bines; el traslado de fruta cítrica procesada en cajas o cajones terminados y de fruta no cítrica.
La norma advierte que quienes la incumplan serán pasibles de las sanciones previstas.























