13 Febrero 2015
BUENOS AIRES.- Directores, síndicos, consejeros y funcionarios designados por el Estado Nacional en empresas y sociedades en las que tenga participación, gozarán de “indemnidad” en caso de que, durante sus funciones o cuando hayan cesado, sean demandados o denunciados por su actuación, excepto que exista dolo o culpa grave en el ejercicio de esos cargos. Así lo dispuso el Gobierno a través del decreto 196, publicado ayer en el Boletín Oficial, que delimita la responsabilidad de esos directores, síndicos, consejeros y funcionarios. Se alegó que toda vez que la actuación de los funcionarios aludidos encuentra su origen en una designación estatal, deviene necesario que el Estado Nacional, asuma la asistencia profesional correspondiente. (DyN)
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