23 Agosto 2015
FOTO DE OSVALDO RIPOLL.
La Junta Electoral provincial recuerda, por medio de la resolución N° 961, que está prohibida “la solicitud al elector de votar en algún sentido a cambio de una promesa de dinero u otra recompensa, o bien mediante violencia o amenaza”.
También es ilegal según la Junta “amenazar a los electores con suspender los beneficios de programas sociales si no emiten el sufragio a favor de un candidato, partido político o coalición”.
Otra irregularidad, según la JEP, es “solicitar u ordenar evidencia al elector del sentido de su voto, o violar, de cualquier manera, el derecho del elector a emitir su voto en secreto”.
Está prohibido “organizar una reunión o transportar votantes el día de la jornada electoral, con la finalidad de influir en el sentido del voto”.
Otra acción delictiva consiste en “hacer proselitismo o presionar objetivamente a los electores el día de la elección con el fin de orientar su voto o para que se abstenga de emitirlo”. También “cualquier otra práctica destinada a condicionar o alterar la voluntad del elector en el marco de los comicios”.
También es ilegal según la Junta “amenazar a los electores con suspender los beneficios de programas sociales si no emiten el sufragio a favor de un candidato, partido político o coalición”.
Otra irregularidad, según la JEP, es “solicitar u ordenar evidencia al elector del sentido de su voto, o violar, de cualquier manera, el derecho del elector a emitir su voto en secreto”.
Está prohibido “organizar una reunión o transportar votantes el día de la jornada electoral, con la finalidad de influir en el sentido del voto”.
Otra acción delictiva consiste en “hacer proselitismo o presionar objetivamente a los electores el día de la elección con el fin de orientar su voto o para que se abstenga de emitirlo”. También “cualquier otra práctica destinada a condicionar o alterar la voluntad del elector en el marco de los comicios”.