“Tienen un arma temible contra los magistrados díscolos”

Jueces judicializaron la suspensión automática

08 Marzo 2017
La Asociación de Magistrados de Tucumán (AMT) judicializó una iniciativa del Gobierno por primera vez en su historia. El endurecimiento del régimen de destitución de la judicatura provincial propició el debut en los Tribunales de la entidad que nuclea a alrededor de 135 jueces, fiscales y defensores oficiales activos y pasivos, según calculó ayer la presidenta Marcela Ruiz. El amparo colectivo con petición de medida cautelar ingresó el jueves a la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, y lleva la firma del constitucionalista Julio Rougés, y de sus colegas Julio Alfonso Rougés y Adriana García Romano. La demanda consideró que la ley impugnada configura una amenaza permanente: “los poderes políticos tienen un arma temible contra los magistrados ‘díscolos’, es decir, contra los muchos y dignos jueces, fiscales y defensores que sentencian, dictaminan, acusan o defienden en un sentido distinto a los deseos, apetencias, sugerencias, y presiones provenientes del Poder Ejecutivo y la Legislatura”.

Esa “ametralladora”, como la llamó el propio equipo de Rougés en otro tramo de la demanda, consta de dos disposiciones: por un lado está la suspensión automática del juez acusado de mal desempeño por la comisión de Juicio Político de la Legislatura, y, por el otro, la cláusula que impide al juez denunciado recusar (apartar) a los miembros del comité legislativo y del Jurado de Enjuiciamiento. Ambas cláusulas suponen un menoscabo irreparable a la independencia judicial, según la demanda de la AMT, que promovió el juicio con el aval de una asamblea. “La suspensión automática es equiparable a una destitución anticipada”, dice el texto. Y añade que la ley sancionada en la penúltima sesión de 2015 eximió a la comisión de Juicio Político de la Legislatura del deber de dar explicación razonada y justa de las decisiones, puesto que la suspensión procede sin necesidad de motivación alguna.

Rougés y su equipo insistieron en que la falta de justificación resulta inadmisible para el orden constitucional vigente. “En cada caso hay que valorar las circunstancias de personas, los hechos u omisiones imputados, y el riesgo –que debe ser demostrado, no meramente enunciado- de que el acusado aproveche su condición de magistrado para borrar pruebas, lo que es virtualmente imposible, y puede conjurarse ese hipotético e inexistente peligro fotocopiando los expedientes en que actúa el inculpado o requiriendo del Poder Judicial la remisión de dichas actuaciones”, manifestaron. La demanda de la AMT se suma a los otros tres juicios que con el mismo fin -bloquear la reforma legal- iniciaron los opositores Silvia Elías de Pérez y José María Canelada (UCR), y Luis Brodersen (ProA), y el Colegio de Abogados de la Capital. Con la excepción del pleito de los radicales, que ingresó en la Cámara en lo Contencioso Administrativo, los demás aguardan una definición de la Corte.

Comentarios