Justicia Federal: otorgaron la excarcelación a María Jesús Rivero

La ex integrante de la Gerenciadora del Club San Martín había sido condenada en diciembre a seis años de prisión por haber integrado una asociación ilícita que habría lavado activos.

 María Jesús Rivero, durante el juicio oral contra el Clan Ale. LA GACETA / JORGE OLMOS SGROSSO María Jesús Rivero, durante el juicio oral contra el Clan Ale. LA GACETA / JORGE OLMOS SGROSSO
22 Marzo 2018

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán otorgó hoy la excarcelación a María Jesús Rivero, ex integrante de la Gerenciadora del Club San Martín, quien en diciembre había sido condenada a seis años de prisión por haber integrado una asociación ilícita que habría lavado activos, junto a otros 12 miembros del denominado Clan Ale. 

En los considerandos del fallo, el tribunal destaca que la defensa de Rivero había pedido la excarcelación de la ex dirigente tras advertir que la mujer "ha cumplido en prisión preventiva un tiempo que, de haber existido condena firme, le habría permitido obtener la libertad condicional". 

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Los jueces Alicia Noli y Gabriel Casas (Domingo Batule no firmó por encontrarse fuera de la jurisdicción) recordaron que Rivero recibió una condena de seis años de prisión el 18 de diciembre de 2017 y que dicha sentencia, a la fecha, no se encuentra firme. "Conforme cómputo provisorio de Secretaría, la solicitante había cumplido, al día 1 de marzo de 2018, tres años, 11 meses y 25 días de detención", remarca. 

El tribunal hace hincapié, además, que las unidades penitenciaras federales de Güemes, en Salta, y de Tucuman, donde estuvo alojada Rivero, emitieron informes favorables sobre la conducta de la imputada, y que mientras estuvo beneficiada con la prisión domiciliaria, entre abril y octubre de 2017, y desde diciembre a la fecha, no constan infracciones a ese régimen. 

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Tras un año de debate, el Tribunal Oral Federal (TOF) condenó a 13 de los 16 integrantes del Clan Ale por haberlos encontrado culpables de haber integrado una asociación ilícita que habría lavado activos. Los jueces Noli, Casas y Batule confirmaron que el grupo formaba una banda que se dedicó a ingresar el dinero que provenía de actividades ilícitas como usura, explotación económica del ejercicio de la prostitución, extorsión y comercialización de estupefacientes.

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