El descuento por Ganancias no puede superar el 35% del salario

La AFIP indicó que el empleado debe brindar toda su información hasta el 31 de marzo de cada año.

El descuento por Ganancias no puede superar el 35% del salario
08 Mayo 2018

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclaró ayer que ningún empleador podrá descontar del salario de sus empleados más del 35% como retención del impuesto a las Ganancias. El organismo recaudador indicó que “el empleado debe informar todo el ejercicio, las deducciones y la renta percibida de otros empleos hasta el 31 de marzo de cada año”.

Remarcó que el empleador no podrá en el año descontar más del 35% del salario como retención de Ganancias, pero puede superar dicho límite en la liquidación anual que se produce con el sueldo de abril, salvo que el empleado manifieste por escrito su decisión de que se respete ese límite. “La retención puede llegar al total del salario en tres casos: si el empleado informa recién en marzo los salarios que pagan otros empleadores; si modifica una o más deducciones informadas, disminuyendo su valor o eliminándolas; o si no le manifiesta a sus empleadores la decisión de que no le retengan más del 35% en abril”, precisó.

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